Sentencia nº 2780-2014/SC2 de Sala Especializada en Protección al Consumidor, 27 de Agosto de 2014
Fecha de Resolución | 27 de Agosto de 2014 |
Emisor | Sala Especializada en Protección al Consumidor |
TRIBUNALDEDEFENSADELACOMPETENCIA
YDELAPROPIEDADINTELECTUAL
SalaEspecializadaenProtecciónalConsumidor
RESOLUCIÓN27802014/SPCINDECOPI
EXPEDIENTE612013INDECOPICUS
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DECUSCO
PROCEDIMIENTO : DEOFICIO
DENUNCIADA : ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO LA
RECOLETA
MATERIA : NULIDAD
ACTIVIDAD : SERVICIOSEDUCATIVOS
SUMILLA: Se declara la nulidad de la resolución venida en grado que halló
responsable a Asociación Civil sin fines de lucro La Recoleta, al haberse
verificado que la Comisión omitió pronunciarse respecto de la totalidad de
medios probatorios que fueron aportados al procedimiento. En consecuencia,
se ordena a la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Cusco que
emita un nuevo pronunciamiento teniendo en consideración lo expresado en
laparteconsiderativadelapresenteresolución.
Lima,27deagostode2014
ANTECEDENTES
1. Por Resolución 1 del 11 de octubre de 2013, la Secretaría Técnica de la
Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Cusco inició un procedimiento
de oficio contra Asociación Civil sin fines de lucro La Recoleta (en adelante, la
Asociación) en su condición de promotora de I.E.P. Galileo (en adelante, el
Defensa del Consumidor (en adelante, el Código), pues habría realizado, las
1
siguientesconductas:
(i) Omitió informar por escrito respecto del monto y oportunidad en que se
pagaría el interés moratorio por incumplimiento del pago de las pensiones
deenseñanza;
(ii) requirío a los padres de familia la presentación de la totalidad de útiles
escolaresaliniciodelañoescolar;
(iii) cobradouninterésmoratoriosuperioralestablecidoporelBCR;
(iv) el libro de reclamaciones con el que contaba el Colegio no contenía las
características dispuestas por el Reglamento del Libro de
Reclamaciones.
1 CódigodeProtecciónyDefensadelConsumidor,publicadoel02deseptiembrede2010medianteLey29571.
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