Sentencia nº 632-2014/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 24 de Julio de 2014

Fecha de Resolución24 de Julio de 2014
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente143-2011/CCD (INCUMPLIMIENTO DE MEDIDA CAUTELAR)

PROCEDENCIA : COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN DE LA

COMPETENCIA DESLEAL DENUNCIANTE : GUILLERMO MARIO DELGADO YUNTA DENUNCIADO : LA MILENARIA S.A.C.1

MATERIA : PUBLICIDAD COMERCIAL

ACTOS DE ENGAÑO

INCUMPLIMIENTO DE MEDIDA CAUTELAR ACTIVIDAD : VENTA AL POR MAYOR DE OTROS PRODUCTOS

SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 285-2013/CCD-INDECOPI del 11 de diciembre de 2013, en el extremo que impuso a La Milenaria S.A.C. una multa de diez (10) Unidades Impositivas Tributarias por incumplimiento de la medida cautelar ordenada por la Comisión de Fiscalización de Competencia Desleal mediante Resolución 1 del 16 de noviembre de 2011.

Ello, toda vez que se ha acreditado que con posterioridad a la fecha de otorgamiento de la medida cautelar, La Milenaria S.A.C. continuó difundiendo publicidad de sus productos indicando beneficios para la salud sin que esto se encuentre debidamente acreditado.

SANCIÓN: 10 (DIEZ) UIT

Lima, 24 de julio de 2014

I. ANTECEDENTES

1. Mediante Resolución 1 del 16 de noviembre de 20112 del cuaderno cautelar, la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (en adelante, la Comisión) ordenó a La Milenaria S.A.C. (en adelante, La Milenaria o la Denunciada), en calidad de medida cautelar:

(...) el CESE PREVENTIVO e INMEDIATO de la difusión de los anuncios cuestionados y otros de naturaleza similar, en tanto promocionen productos informando que los mismos generan efectos positivos a la salud de los consumidores y ello no se encuentre debidamente sustentado con medios probatorios idóneos. (...)

2. Asimismo, señaló que los productos y propiedades no sustentadas eran las siguientes:

Producto Afirmaciones relacionadas al producto

“Dragón Rojo” “Previene células cancerígenas del organismo en general”
“Combate toda clase de infecciones orgánicas, fiebres internas”
“Refuerza el sistema inmunológico, previene enfermedades infectocontagiosas”
“Tonifica todos los órganos vitales activando su funcionamiento”
“Regenera las células muertas, recuperando, tonificando y alargando la vida”
“Recomendado para complementar todo tipo de tratamientos”

“Jinju Artr” “Reumatismo”
“Artritis reumatoide” “Osteoporosis”
“Osteopenia”
“Regenera la médula ósea” “Regenera las células óseas” “Desarrollo del esqueleto humano”

“Solución Propoleo Miel de Abeja”

“Afecciones respiratorias”
“Afecciones digestivas”
“Afecciones dermatológicas: (…), úlceras varicosas (…)” “Afecciones genitourinarias”

“Alivio sistemático de la psoriasis”

“Previene derrame cerebral” “Previene parálisis” “Parkinson”
“Hemiplejia”
“Epilepsia” “Esquizofrenia”

“Emperador” “Anemia”
“TBC”
“Falta de memoria”
“Nutre la piel, cuero cabelludo, evitando la alopecia”

“99 raíces” “Cumple efecto desinflamante, antibiótico, desintoxicante, regenerador celular, reconstituyente, antioxidante, anticancerígeno y fortalece el sistema inmunológico”

“Runchan Wan” (Botella)

“Cáncer estomacal”

“Jigucao Gan” “Hepatitis aguda y crónica”

“Cirrosis hepática” “Ictericia”
“Manchas en la cara”

“Bioflex” “(…) para combatir los problemas de las articulaciones como la artritis, reumatismo, osteoporosis, artrosis, calambres, malformaciones e hinchazón de las manos y pies, dolor en columna”
“se puede tomar como prevención o como complemento en los tratamientos de enfermedades del sistema óseo”

“Shen Gi Huatu”

“Art&It’s Plus” “Recomendado también para la osteoartritis (deterioro del cartílago), artritis reumatoidea, artrosis”

“P Sabia” “Desinflamante vegetal de la próstata (…)”
“(…) efectiva en las enfermedades venéreas (…)”

“Hierb Hig” “(…), cirrosis crónica, (…), espinillas, (…), purifica la sangre”

“Cere Vit” “(…) calma los dolores cerebrales, mareos, anemia, desmayos, elimina y previene los tumores cerebrales, (…), irrigador sanguíneo cerebral, rehabilita la carencia visual, ayuda a calcificar el sistema óseo del cuerpo humano (…)”

“Diu Power” “Poderoso desinflamante de los riñones, (…), cálculo renal, vejiga (…)”

“Art&It’s” “Se puede tomar como prevención o como complemento en los tratamientos de enfermedades del sistema óseo.”

“Nanbao” “Estos dos productos son la fórmula moderna y eficaz para combatir los problemas de falta de vigor sexual, impotencia, eyaculación rápida (precoz), falta de energía, frigidez femenina.”

“Runchanwan” (Cápsulas)

“(…) para combatir las enfermedades del estómago, como la gastritis, úlceras (…)”

“Impotencia agotamiento y cansancio”
“Ayuda en el tratamiento de la impotencia masculina y la disfunción eréctil”
“Ayuda en el tratamiento de la hiperplasia prostática” “Ayuda a tratar la incontinencia urinaria, afecciones prostáticas”
“Estimula el fluido sanguíneo hacia los órganos genitales”

“Memocer” “Combate (…), irritación nerviosa, (…), falta de concentración, (…), disminución de la capacidad visual (…). Ayuda a combatir y prevenir el derrame cerebral, Parkinson, Alzheimer, parálisis”

“Cln Lax y Magusan”

“(…) previniendo la formación de pólipos en el intestino grueso, (…), tiene la propiedad principal de desintoxicar, limpiar y prevenir el terrible cáncer al colon. Combate el (…), acné, (…), caída del cabello, mal aliento, sobrepeso, presión alta, dolor e hinchazón del estómago, (…), lengua sarrosa, (…), estrés, insomnio (…)”

3. La mencionada resolución fue notificada a La Milenaria el 1 de diciembre de 2011, surtiendo efectos desde esta fecha.

4. Mediante Oficio 8679-2011-DIGEMID-DCVS-ECPUB/MINSA del 29 de diciembre de 2011, la Dirección Ejecutiva de Control y Vigilancia Sanitaria de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud (en adelante, DIGEMID) señaló que captó la difusión televisiva de productos durante la primera semana del mes de diciembre publicitándolos como si fueran medicamentos. Para estos efectos, la DIGEMID adjuntó al oficio dos (2) videos.

5. El 16 de enero de 2012, el señor Guillermo Mario Delgado Yunta (en adelante, el Señor Delgado o el Denunciante) presentó un escrito señalando que La Milenaria habría incumplido con la medida cautelar ordenada por la

“Vigorex y Nanbao” (Tónicos)

Comisión. A este escrito se le adjuntó como medio probatorio un Acta de Verificación de Hechos, emitida por el Notario Público de Lima Señor Luis Roy Párraga Cordero, el cual, a su vez, estuvo acompañado de un video referido a los hechos verificados por el notario.

6. De esta manera, mediante Resolución 1 del 25 de enero de 2012 la Comisión imputó a La Milenaria un posible incumplimiento de la medida cautelar ordenada mediante Resolución 1 del 16 de noviembre de 2011 de acuerdo a los hechos expuestos por la DIGEMID y el Señor Delgado.

7. Asimismo, otorgó a La Milenaria diez (10) días hábiles a fin de que presente sus descargos, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 32 del Decreto Legislativo 1044- Ley de Represión de la Competencia Desleal3 (en adelante, la Ley de Represión de la Competencia Desleal).

8. El 24 de febrero de 2012, La Milenaria presentó sus descargos manifestando:

(i) Con respecto a los videos presentados por la DIGEMID.- (i) Los dos (2) videos presentados retransmiten un mismo video que no es propiedad de La Milenaria debido a que se trata de un testimonio emitido en la televisión desde hace años; (ii) los videos presentados corresponden a la empresa Josbend Natural la cual no se encuentra vinculada con La Milenaria; (iii) no se puede determinar que efectivamente el video corresponda al año 2011 ya que en el archivo figura el año 2004; (iv) La Milenaria está siendo discriminada al inciárseles un procedimiento sobre la base de actos de terceros a los cuales no se les ha iniciado un procedimiento, configurándose, a su vez, el delito de incumplimiento de funciones; y, (v) La Milenaria ha cumplido con lo ordenado por la Comisión al haber variado la publicidad que se transmitía de acuerdo a lo ordenado en la medida catuelar.

(ii) Con respecto a lo presentado por el Señor Delgado.- No se puede determinar si el video adjuntado en el Acta de Verificación de Hechos corresponde a los hechos descritos por el Notario Público Señor Luis Roy Párraga Cordero (en adelante, el Notario Párraga) debido a que: (i) el video no se encuentra precintado ni identificado; (ii) de acuerdo a esta acta la visualización se realiza a partir de las 01:20 horas del miércoles 21 de diciembre del año 2011 y concluye a las 02:35 horas de la misma fecha; (iii) se señala que el anuncio fue transmitido por el canal 5 Panamericana (en adelante, Panamericana) mientras que el video adjuntado corresponde a una grabación del canal 11 Red Bicolor de Comunicaciones (en adelante, RBC); (iv) el archivo del video contiene como fecha de grabación el día 06 de enero de 2012, por lo que podría tratarse de un archivo editado sin que exista certeza alguna de su origen; (v) en esta se entiende que el Notario Público se comunicó al teléfono 2830483 durante el mismo tiempo en el que duró la verificación siendo esta una hora en la que no atiende la empresa; y,
(vi) el contenido de la publicidad en concordancia con lo ordenado por la Comisión hace alusión a complementos alimenticios y no a productos medicinales.

9. La Secretaría Técnica de la Comisión (en adelante, la Secretaría Técnica) mediante Carta 051-2013/CCD-INDECOPI de fecha 23 de mayo de 2013 solicitó a Panamericana: (i) precisar si desde el 1 de diciembre de 2011 en adelante La Milenaria ha difundido publicidad a través de su señal, especificando los días y horarios de transmisión de la misma; y, (ii) remitir la grabación de los anuncios televisivos de La Milenaria difundidos desde el 1 de diciembre de 2011.

10. La Secretaría Técnica mediante Carta 067-2013/CCD-INDECOPI de fecha

23 de mayo de 2013 efectuó el mismo requerimiento a RBC.

11. El 6 de junio de 2013, Panamericana respondió la solicitud de la Secretaría Técnica adjuntando un reporte de pautas publicitarias del 2 de enero de 2012 al 3 de junio de 2013 y tres (3) CDs con el copiado de las campañas Navidad 60, Bio Integral 30 e Integral 20.

12. El 7 de junio de 2013, RBC presentó un escrito informando el detalle de un...

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