Sentencia nº 614-2014/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 19 de Julio de 2014

Fecha de Resolución19 de Julio de 2014
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente19-2012/CCD-INDECOPI-CAJ
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COM PETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Especia liza da en Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN 0614-2014/SDC-INDECOPI
EXPEDIENTE 0019-2012/CCD-INDECOPI-CAJ
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE CAJAMARCA
DENUNCIANTE : PROCEDIMIENTO INICIADO DE OFICIO
DENUNCIADO : COPORACIÓN MILLCA S.A.C. - COMILLCA S.A.C.
1
MATERIA : PUBLICIDAD COMERCIAL
ACTOS CONTRA EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
ACTIVIDAD : RESTAURANTES
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 0374-2013/INDECOPI-CAJ del 21 de
noviembre de 2013, en el extremo que halló responsable a Corporación Millca
S.A.C. - Comillca S.A.C. por infracción al principio de legalidad publicitario,
previsto en el artículo 17.1 del Decreto Legislativo 1044- Ley de Represión de
la Competencia Desleal. Ello, debido a que contrariamente a la exigencia
contenida en el literal f) del artículo 17.3 de la referida Ley, Corporación Millca
S.A.C. - Comillca S.A.C. difundió un anuncio publicitario omitiendo consignar
la duración y la cantidad mínima de unidades disponibles en la promoción
publicitada.
Asimismo, se CONFIRMA la Resolución 0374-2013/INDECOPI-CAJ, en el
extremo que sancionó a Corporación Millca S.A.C. - Comillca S.A.C. con una
multa de 1 (una) Unidad Impositiva Tributaria. Ello, debido a que si bien por la
naturaleza de la infracción no resulta aplicable el criterio de beneficio ilícito, la
Sala considera que por el alcance del anuncio publicitario infractor en el
mercado y los costos de búsqueda en los que pudieron haber incurrido los
consumidores, corresponde confirmar la multa impuesta.
SANCIÓN: 1 (UNA) UIT
Lima, 17 de julio de 2014
I. ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 1 del 11 de diciembre de 2012, la Secretaría Técnica
de la Comisión Regional del INDECOPI de Cajamarca (en adelante, la
Comisión) inició un procedimiento sancionador de oficio contra Corporación
Millca S.A.C - Comillca S.A.C. (en adelante, Comillca o el Denunciado) por la
presunta infracción al principio de legalidad, bajo el supuesto establecido en
el literal f) del artículo 17.3 del Decreto Legislativo 1044-Ley de Represión de
1 Empresa identificada con R.U.C.: 20491843102.
M-SDC-02/1A
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