Sentencia nº 1905-2014/SC2 de Sala Especializada en Protección al Consumidor, 11 de Junio de 2014

Fecha de Resolución11 de Junio de 2014
EmisorSala Especializada en Protección al Consumidor
TRIBUNALDEDEFENSADELACOMPETENCIA
YDELAPROPIEDADINTELECTUAL
SalaEspecializadaenProtecciónalConsumidor
 RESOLUCIÓN19052014/SPCINDECOPI
EXPEDIENTE232013/CC1
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR   
SEDELIMASURNº1
PROCEDIMIENTO : DEPARTE
DENUNCIANTE : JESÚSFRANCISCORAÚLAMORÓSCAMPOS
DENUNCIADO : BANCODECRÉDITODELPERÚ
MATERIAS : SERVICIOSBANCARIOS
IDONEIDADDELSERVICIO
ACTIVIDAD : OTROSTIPOSDEINTERMEDIACIÓNMONETARIA
SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado que declaró fundada la
denuncia contra Banco de Crédito del Perú, en tanto no cumplió con dar
respuesta al reclamo presentado por el denunciante el 6 de noviembre de
2012.
SANCIÓN:1UIT
Lima,11dejuniode2014
ANTECEDENTES
1. El 19 de febrero de 2013, el señor Jesús Francisco Raúl Amorós Campos (en
adelante, el señor Amorós) denunció a Banco de Crédito del Perú (en
1
adelante, el Banco) por infracción de la Ley 29751, Código de Protección y
DefensadelConsumidor(enadelante,elCódigo)enatenciónalosiguiente:
(i) El 26 de junio de 2008, junto con otros copropietarios, celebró un contrato
de compraventa por el cual transfirió al Banco el inmueble ubicado en la
Av. Manco Cápac 1021102510311039 y Jr. Huascarán 1120, Distrito
deLaVictoria;
(ii) en dicho contrato, el Banco pactó un arrendamiento financiero sobre el
inmueble con la empresa Casimires Nabila S.R.L. (en adelante,
Casimires);
(iii) el inmueble transferido se encontraba afectado con una medida cautelar
enformadeembargohastaporunmontodeUS$50000,00;
(iv) a efectos de garantizar el levantamiento del embargo o su pago, solicitó al
Banco la emisión de un Certificado Bancario en Moneda Extranjera por el
monto de US$ 50 000,00, el cual quedaría en custodia y sería afectado en
garantía mobiliaria a dicha entidad financiera, pactando expresamente
que solo se procedería a su cancelación cuando el inmueble vendido
fueraobjetoderematejudicial;
(v) el 18 de octubre de 2012 el Banco le comunicó que el 22 de octubre de
1 RUC20100047218.Domiciliofiscal:Av.CalleCentenario156Urb.LasLaderasdeMelgarejo,LaMolina,Lima.
MSPC13/1B1/8

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