Sentencia nº 2567-2013/SC2 de Sala Especializada en Protección al Consumidor, 23 de Septiembre de 2013

Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2013
EmisorSala Especializada en Protección al Consumidor

PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL

INDECOPI DE PIURA PROCEDIMIENTO : DE PARTE DENUNCIANTE : SARAÍ QUEZADA NÚÑEZ DENUNCIADA : LOS PORTALES S.A. MATERIAS : TEMAS PROCESALES

DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO ACTIVIDAD : ACTIVIDADES INMOBILIARIAS

SUMILLA: Se revoca la resolución venida en grado y, reformándola, se dispone aprobar el desistimiento del procedimiento presentado por la señora Saraí Quezada Núñez, ordenándose el archivo del presente expediente.

Lima, 23 de setiembre de 2013

ANTECEDENTES

  1. El 22 de abril de 2013, la señora Saraí Quezada Núñez (en adelante, la señora Quezada) denunció a Los Portales S.A. (en adelante, Los Portales), ante la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Piura (en adelante, la Comisión), por infracción de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor1 (en adelante, el Código), toda vez que la denunciada habría vendido a otra persona el lote que adquirió la denunciante mediante contrato celebrado el 17 de octubre de 2012.

  2. Mediante Resolución 364-2013/INDECOPI-PIU del 9 de julio de 2013, la Comisión aceptó el desistimiento planteado por la denunciante mediante escrito presentado el 10 de junio de 2013 y ordenó el archivo del expediente.

  3. El 18 de julio de 2013, la señora Quezada solicitó a la Comisión que enmiende el error material incurrido en la Resolución 364-2013/INDECOPIPIU consistente en haberse referido a un desistimiento del “procedimiento y de la pretensión”, toda vez que la denunciante se había desistido únicamente del “procedimiento”.

  4. Mediante Resolución 3 del 6 de agosto de 2013, la Comisión encauzó el escrito presentado por la señora Quezada el 18 de julio de 2013, calificándolo como un recurso de apelación y concediéndolo en el mismo acto. Dicha resolución fue notificada a la denunciante el 13 de agosto de 2013 y el expediente recibido por la Sala Especializada en Protección al Consumidor (en adelante, la Sala) el 28 de agosto de 2013.

  5. El 21 de agosto de 2013, la señora Quezada solicitó a la Sala que dicte una medida cautelar que evite la demora del pronunciamiento sobre su pedido de enmienda de error material toda vez que, a esa fecha, se encontraba en trámite una denuncia interpuesta contra Los Portales, ante el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de la Oficina Regional del Indecopi de Piura (en adelante, ORPS Piura), la misma que corría el riesgo de ser declarada improcedente sobre la base de un supuesto desistimiento de la...

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