Sentencia nº 2478-2013/SC2 de Sala Especializada en Protección al Consumidor, 12 de Septiembre de 2013

Fecha de Resolución12 de Septiembre de 2013
EmisorSala Especializada en Protección al Consumidor
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala Especializada en Protección al Consumidor
RESOLUCIÓN 2478-2013/SP C-INDECOPI
EXPEDIENTE 1184-2011/ CPC
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
SEDE LIMA SUR N° 2
DENUNCIANTE : CARMEN AMELIA LIZA BUEZO
DENUNCIADA : CONSTRUCTORA MINKA S.R.L.
MATERIA : IMPROCEDENCIA
PRESCRIPCIÓN
SUSPENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO
ACTIVIDAD : ALMACENAMIENTO Y DEPÓSITO
SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado que declaró
improcedente por prescripción la denuncia presentada por la señora Carmen
Amelia Liza Buezo contra Constructora Minka S.R.L. por infracciones de la
Ley de Protección al Consumidor, en el extremo referido a la falta de entrega
de los inmuebles adquiridos y la documentación de los mismos, toda vez
que fue presentada luego de transcurridos más de dos años desde la fecha
en que se habrían producido las presuntas infracciones.
Asimismo, se suspende el procedimiento administrativo iniciado por la
señora Carmen Amelia Liza Buezo contra Constructora Minka S.R.L. por
infracciones a la Ley de Protección al Consumidor en los extremos referidos
a: (i) el incumplimiento del pago de las penalidades pactadas en el contrato
por la demora en la entrega del bien inmueble y los documentos referidos a
éste; y (ii) el hecho de haber transferido a terceros el inmueble adquirido por
la denunciante, toda vez que resulta necesario un pronunciamiento previo
del Poder Judicial a efectos de emitir un fallo definitivo respecto de dichos
extremos.
Lima, 12 de setiembre de 2013
1. El 13 de setiembre de 2011, la señora Carmen Amelia Liza Buezo (en
adelante, la señora Liza) denunció a Constructora Minka S.R.L.
1
(en
adelante, Minka) ante la Comisión de Protección al Consumidor Sede Lima
Sur Nº 2 (en adelante, la Comisión) por infracción del Decreto Legislativo 716
de la Ley de Protección al Consumidor (en adelante, la Ley de Protección al
Consumidor) y de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del
Consumidor (en adelante, el Código), por los siguientes hechos:
(i) El 13 de febrero de 2004, celebró un contrato de compraventa con
Minka respecto del departamento 701 y el estacionamiento 3, ubicados
en la Calle Coronel Inclán 750 en el distrito de Miraflores;
1 RUC: 20101329675, con domicilio fisc al en Jr. Bernini 200, Interior 202, Urbanización S an Borja (PI 2), San Borja,
Lima.

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