Sentencia nº 972-2013/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 13 de Junio de 2013

Fecha de Resolución13 de Junio de 2013
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala Especializada en Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN 0972-2013/SD C-INDECOPI
EXPEDIENTE 013-2004/CCO- ODI-LAL-001-085
M-SDC-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE LA LIBERTAD
DEUDOR : EMPRESA AGRARIA CHIQUITOY S.A.
ACREEDOR : ANDRÉS RUIZ FLORES
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS LABORALES
ACTIVIDAD : AGRICULTURA, GANADERÍA, CAZA Y ACTIVIDADES
DE SERVICIOS CONEXOS
SUMILLA: se REVOCA la Resolución 0616-2011/INDECOPI-LAL del 29 de
setiembre de 2011, en el extremo que declaró improcedente la solicitud de
ampliación de créditos derivados de la bonificación vacacional
correspondiente al año 2004 y, reformándola, se reconoce créditos a favor
del señor Andrés Ruiz Flores frente a Empresa Agraria Chiquitoy S.A.
ascendentes a S/. 460,00 por capital y S/. 0,13 por intereses en el primer
orden de preferencia, debido a que el trabajador acreditó el origen y la
cuantía de dichos créditos devengados en el periodo en que resulta aplicable
la inversión de la carga de la prueba a favor del deudor.
De otro lado, se hace un LLAMADO DE ATENCIÓN a la Secretaría Técnica de
la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de la Libertad debido a que
no insertó oportunamente en el expediente el recurso de apelación
interpuesto por el trabajador contra la Resolución 0616-2011/INDECOPI-LAL,
ni tramitó el mismo junto al recurso interpuesto por la otra parte contra la
citada resolución.
Lima, 13 de junio de 2013
ANTECEDENTES
1. En el procedimiento de reconocimiento de créditos de origen laboral seguido
por el señor Andrés Ruiz Flores (en adelante, el trabajador) frente a Empresa
Agraria Chiquitoy S.A.1 (en adelante, Chiquitoy), la Comisión de la Oficina
Regional del Indecopi de la Libertad (en adelante, la Comisión) resolvió
mediante Resolución 1143-2009/INDECOPI-LAL del 30 de septiembre de
20092 y Resolución 032-2010/INDECOPI-LAL del 12 de enero de 20103,
1 El 14 d e marzo de 2 005, la Comisión publicó en el diario oficial “El Peruano” el inicio de concurso de Chiquitoy. El
16 de diciembre de 2005, la j unta de acreedores decidió la reestructuración p atrimonial de dicha empresa.
2 Mediante Resolución 1143-200 9/INDECOPI-LAL la Comisión resolvió lo sigui ente:
(i) reconocer a favor d el t rabajador créditos ascendentes a S /. 460,00 por capital y S/. 23,60 por intereses,
derivados de la bonificación vac acional correspondiente al año 2003 (exigible en el año 2004) en el primer orden
de preferencia; y,
(ii) declarar infundada la solicitud de reconocimiento de créditos derivados de la bonificación vacaci onal
correspondiente a los años 1999, 2000, 2001 y 2002 (exigibles en los años 2000, 2001, 2002 y 2003).

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