ACUERDO, Nº 008-2016-GRLL/CR, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD - Aprueban la relevancia y prioridad de la Iniciativa Privada Cofinanciada "Construcción, Mantenimiento y Operación de Servicios Complementarios de los Centros Educativos de la Región La Libertad" con relación a diversos colegios-ACUERDO-Nº 008-2016-GRLL/CR

EmisorGOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD
Fecha de la disposición 2 de Febrero de 2016

Trujillo, 2 de febrero del 2016

El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en su Sesión Ordinaria de fecha 02 de febrero del 2016; VISTO Y DEBATIDO el Dictamen de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, recaído en el Proyecto de Acuerdo Regional relativo a “Aprobar” la Relevancia y Prioridad de la Iniciativa Privada Cofinanciada “Construcción, Mantenimiento y Operación de Servicios Complementarios de los Centros Educativos de la Región La Libertad, con relación a los siguientes colegios: I.E. 80892 - LOS PINOS, I.E. 80822 - SANTA MARÍA DE LA ESPERANZA, I.E. 81608 - SAN JOSÉ, I.E. 80818 - JORGE BASADRE GROHMANN.

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el artículo 4º de la Ley Nº 29230 precisa que los Gobiernos Regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo integral sostenible, promoviendo la inversión pública, privada, el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes;

Que, de conformidad con lo establecido en los artículos 36º y 43º de la Ley Nº 27783Ley de Bases de la Descentralización, y del literal m) del artículo 47º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales comparten competencias con el Gobierno Nacional en materia de educación, y tienen entre sus funciones el diseño e implementación de políticas de infraestructura y mobiliario;

Que, el Decreto Legislativo Nº 1012, se aprueba la Ley Marco de Asociaciones Público Privadas para la generación de empleo productivo, dicta normas para la agilización de los procesos de promoción de la Inversión Privada, el Estado, en sus tres niveles de gobierno y uno o más inversionistas privados se asocian para trabajar de manera conjunta con el objeto de crear, desarrollar, mejorar, operar o mantener infraestructura pública, proveer servicios públicos y/o prestar los servicios vinculados a estos que requiera brindar el Estado;

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1224, se aprueba la Ley Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante asociaciones público privadas y proyectos en activo;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 410-2015-EF...

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