DECRETO SUPREMO, Nº 108-2016-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Aprueban normas reglamentarias de las condiciones y mecanismo para la selección de las intervenciones públicas a ser evaluadas en el marco del Presupuesto por Resultados-DECRETO SUPREMO-Nº 108-2016-EF

EmisorECONOMIA Y FINANZAS
Fecha de la disposición 4 de Mayo de 2016

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el numeral 79.1 del artículo 79 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, el Presupuesto por Resultados es una estrategia de gestión pública que vincula la asignación de recursos a productos y resultados medibles a favor de la población, que requiere de la existencia de una definición de los resultados a alcanzar, el compromiso para alcanzar dichos resultados por sobre otros objetivos secundarios o procedimientos internos, la determinación de responsables, los procedimientos de generación de información de los resultados, productos y de las herramientas de gestión institucional, así como la rendición de cuentas;

Que, asimismo, de acuerdo con el numeral 79.2 del artículo 79 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, el Presupuesto por Resultados se implementa progresivamente a través de los programas presupuestales, las acciones de seguimiento del desempeño sobre la base de indicadores, las evaluaciones y los incentivos a la gestión, entre otros instrumentos que determine el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Presupuesto Público, en colaboración con las demás entidades del Estado;

Que, en la misma línea, de acuerdo con el numeral 81.3 del artículo 81 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, la conducción del proceso de evaluaciones está a cargo de la Dirección General de Presupuesto Público;

Que, de otro lado, el artículo 17 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, establece disposiciones en materia de evaluaciones independientes en el marco del Presupuesto por Resultados, señalando en el numeral 17.7 del citado artículo 17 que, en un plazo de ciento veinte (120) días calendario de la vigencia de la referida Ley, se reglamentará las condiciones y el mecanismo para la selección de las intervenciones públicas a ser evaluadas en el marco del Presupuesto por Resultados;

Que, por tanto, es necesario aprobar las normas reglamentarias de las condiciones y mecanismo para la selección de las intervenciones públicas a ser evaluadas en el marco del Presupuesto por Resultados;

De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF;

DECRETA:

Artículo 1 Aprobación de normas reglamentarias

Apruébese las normas reglamentarias de las condiciones y mecanismo para la selección de las intervenciones públicas a ser evaluadas en el marco del Presupuesto por Resultados, que consta de dos (02) Títulos, nueve (09) Artículos y tres (03) Disposiciones Complementarias Finales, que forman parte integrante del presente Decreto Supremo.

Artículo 2 Refrendo...

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