RESOLUCION, Nº 0501-2016-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Declaran infundado recurso de apelación y confirman la Res. Nº 001-2016-JEE LEONCIO PRADO/JNE-EG2016-RESOLUCION-Nº 0501-2016-JNE
Emisor | JURADO NACIONAL DE ELECCIONES |
Fecha de la disposición | 2 de Mayo de 2016 |
Expediente N.º J-2016-00576
MARIANO DAMASO BERAÚN - LEONCIO PRADO - HUÁNUCO
JEE LEONCIO PRADO (Expediente N.º 00045-2016-023)
ELECCIONES GENERALES 2016
RECURSO DE APELACIÓN
Lima, veintiocho de abril de dos mil dieciséis.
VISTO en audiencia pública de la fecha el recurso de apelación interpuesto por Jorge Arturo Dennis Dávila Chumpitazi, personero legal titular de la organización política Peruanos por el Kambio, en contra de la Resolución N.º 001-2016-JEE LEONCIO PRADO/JNE-EG2016, del 16 de abril de 2016, emitida por el Jurado Electoral Especial de Leoncio Prado, que resolvió la observación del Acta Electoral N.º 017888-44-J, en el marco del proceso de Elecciones Generales 2016.
ANTECEDENTES
El 12 de abril de 2016, la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) remitió las actas electorales observadas concernientes a la elección de congresistas de la República. Entre ellas, se encuentra el Acta Electoral N.º 017888-44-J, correspondiente al distrito de Mariano Damaso Beraún, provincia de Leoncio Prado, departamento de Huánuco.
La citada acta electoral fue observada debido a que la suma de la votación preferencial de una organización política es mayor al doble de la votación de esta agrupación y porque la votación preferencial de un candidato es mayor que la cantidad de votos de su organización política.
Posteriormente, el Jurado Electoral Especial de Leoncio Prado (en adelante JEE), luego del cotejo entre su ejemplar y el correspondiente a la ODPE, a través de la Resolución N.º 001-2016-JEE LEONCIO PRADO/JNE-EG2016, del 16 de abril de 2016, declaró válida la referida acta electoral, anuló la votación preferencial del candidato N.º 2 de la organización política Perú Libertario y consideró para este candidato la cifra cero (0).
Ante esta situación, con fecha 19 de abril de 2016, el personero legal titular de la organización política Peruanos por el Kambio interpuso recurso de apelación en contra de la mencionada resolución. En esa medida, solicita que sea revocada y, por consiguiente, se declare nula el acta electoral, al considerar que, “en lo que respecta al Partido Perú Libertario, el voto...
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