ORDENANZA, Nº 008-2016/CM-MPH-M, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI - Ratifican la Ordenanza Municipal Nº 017-2014/MDSCC-H, que aprobó el TUPA de la Municipalidad Distrital de Santa Cruz de Cocachacra-ORDENANZA-Nº 008-2016/CM-MPH-M

EmisorMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI
Fecha de la disposición27 de Abril de 2016

Matucana, 27 de abril de 2016

EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUAROCHIRI:

POR CUANTO:

VISTO:

Expediente Nº 06287 de 25/04/14 de la Municipalidad de Santa Cruz de Cocachacra, solicita la ratificación de la Ordenanza Municipal Nº 017-2014/MDSCC-H de 21/08/14 que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos, los informes anexados y el Dictamen Nº 06-2016-CREDA/MPH-M de 26/04/16 de la CREDA, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo II Título Preliminar de la Ley Nº 27972, señala: las municipalidades gozan de autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su competencia; concordante con la Constitución del Estado;

Que, la Ley Orgánica de Municipalidades 27972, artículo 9º numeral 9) establece las facultades del Concejo Municipal para crear, modificar, suprimir o exonerar los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones. En tal sentido, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales están obligadas a ser ratificadas por la Municipalidad Provincial de su circunscripción, conforme al artículo 40º del cuerpo legal glosado;

Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444 en su artículo 37º y 38º, señala que las entidades elaborarán y aprobarán su Texto Único de Procedimiento Administrativos TUPA, la misma que debe ser aprobado por Ordenanza Municipal cada dos años, de la misma forma el referido instrumento de gestión deberá establecer expresamente los supuestos en que procede el pago de derechos de tramitación, con indicación de monto y pago. El monto de los derechos se expresará con relación a la UIT;

Que, el régimen jurídico en materia de autos, se rige por lo señalado en la Constitución, artículo 74º; la Ley Orgánica de Municipalidad Nº 27972 artículo 40º, el TUO de la Ley de Tributación Municipal D.S. Nº 156-2004-EF, artículo 69º, Ordenanza Municipal Nº 038-2004/CM-MPH-M que regula el procedimiento de ratificación de Ordenanzas Distritales-Provincia de Huarochirí”, Ordenanza Nº 036-2005/CM-MPH-M, Sentencias del Tribunal...

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