RESOLUCION, Nº 975-2015/SBN-DGPE-SDAPE, ORGANISMOS EJECUTORES, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES - Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en los departamentos de Lima y Ancash-RESOLUCION-Nº 975-2015/SBN-DGPE-SDAPE

EmisorSUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Fecha de la disposición30 de Septiembre de 2015

San Isidro, 30 de setiembre del 2015

Visto el Expediente N° 1007-2015/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 36 049 364,63 m², ubicado a 9.3 Km al Sureste del Km. 373 de la carretera Panamericana Norte, ingresando por la vía AN-649 a 4.2 Km. al Suroeste de la Huaca Moxeke y a 5.2 Km al Sureste del Centro Poblado San Francisco, distrito y provincia de Casma, departamento de Ancash;

CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 -Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales- y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA;

Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno de 36 049 364,63 m², ubicado a 9.3 Km al Sureste del Km. 373 de la carretera Panamericana Norte, ingresando por la vía AN-649 a 4.2 Km. al Suroeste de la Huaca Moxeke y a 5.2 Km al Sureste del Centro Poblado San Francisco, distrito y provincia de Casma, departamento de Ancash, que se encontraría sin inscripción registral;

Que, solicitada la consulta catastral, la Zona Registral N° VII-Sede Huaraz, remite el Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 16 de abril de 2015 sobre la base del Informe Técnico N° 0339-2015-Z.R.N°VII/ORC-OR-CASMA-R de fecha 09 de abril de 2015 ( fojas 05), donde señala que no existe superposición grafica con predios inscritos;

Que, realizada la inspección técnica con fecha 10 de setiembre de 2015 (fojas 06) se observó que el terreno es de naturaleza eriaza, árido, sin vegetación con tipo de suelo limo-arcilloso, con una topografía accidentada de moderada a fuertes pendientes, encontrándose desocupado;

Que, el...

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