ORDENANZA, Nº 312, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA - Modifican la Ordenanza de Avisos y Publicidad Exterior-ORDENANZA-Nº 312

EmisorMUNICIPALIDAD DE LA MOLINA
Fecha de la disposición21 de Abril de 2016

La Molina, 21 de abril de 2016

EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA

VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Conjunto N° 04-2016 de la Comisión de Desarrollo Urbano y Económico y la Comisión de Asuntos Jurídicos, sobre proyecto de Ordenanza modificatoria de la Ordenanza N° 089, Ordenanza de Avisos y Publicidad Exterior; y,

De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del Artículo 9° y Artículo 40° y de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, por mayoría y con dispensa del trámite de su lectura y aprobación del Acta, emitió la siguiente:

Artículo Primero MODIFICAR los Artículos 7° literal l), 8° literal o), 9°, 11°, 12°, 13°, 14°, 16° literal a) , 21°, 22°, 23°, 26°, 29°, 40°, 42°,45°, 46°, 48°, 49°, 51°, 52° y 53 de la Ordenanza N° 089, Ordenanza de Avisos y Publicidad Exterior, debiendo quedar redactado de la siguiente forma:

Artículo 7º.- Definiciones.- Para efectos de la presente Ordenanza se entiende por:

(…)

I) Contaminación Visual.- Es el fenómeno mediante el cual se ocasionan impactos negativos en la percepción visual, por el abuso de ciertos elementos que alteran la estética o la imagen del paisaje urbano y que generan una saturación visual alterando el ornato, el tránsito y en general el orden establecido en una ciudad. Dichos elementos no provocan contaminación por sí mismo, pero con la ubicación o instalación indiscriminada en cuanto a tamaño, distribución y cantidad, se convierten en agentes contaminantes.

Artículo 8º

(…)

o) Banderolas.- Modalidad de anuncios sobre tela o material similar

Artículo 9º

a) Por sus características Técnicas:

1. Variable.- Aquel en el que el anuncio que aparece en el elemento fijo, varía por medios mecánicos, eléctricos o electrónicos.

2. Luminoso.- Aquel en el que el anuncio se encuentra iluminado por medios instalados dentro de su propia estructura.

3. Iluminado.- Aquel en el que el anuncio es iluminado por medios externos al mismo.

4. Simple.- Aquel cuya configuración está hecha de madera o acrílico u otro sin sistemas de iluminación.

5. De leyenda variable: Aquel cuya leyenda puede variar a criterio del anunciante sin cambiar el tamaño y/o forma aprobada del elemento de publicidad exterior.

b) Por su ubicación:

1. En propiedad privada:

- Avisos instalados en zonificación comercial

- Avisos instalados en zonificación residencial

2. En propiedad pública:

2.1 Avisos instalados en vía pública:

- Avisos instalados en zonificación comercial

- Avisos instalados en zonificación residencial

2.2 Avisos instalados en predios públicos o del estado:

- Avisos instalados en zonificación comercial

- Avisos instalados en zonificación residencial

c) Por su finalidad:

1. Comercial

2. Políticos

3. De servicio a la comunidad

4. Cívicos o vecinales

Artículo 11º

Artículo 12º

1. Proponer las medidas tendentes a perfeccionar la presente Ordenanza.

2. Las establecidas en el artículo 11° de la presente norma.

3. Emitir dictamen técnico en consultas que efectúen otras dependencias de la municipalidad.

4. Proponer al Alcalde la suscripción de convenios.

5. Proponer al Alcalde las bases técnicas y administrativas para las licitaciones públicas especiales, concurso de proyectos integrales y concursos públicos para la concesión de espacios en áreas de dominio público bajo su administración.

Artículo 13º

1. La instalación del anuncio antes de obtener la respectiva Licencia Municipal de Funcionamiento en lo referente a elementos publicitarios que identifiquen al establecimiento comercial; Si el elemento de publicidad está instalado sin la respectiva autorización, se denegará la solicitud de autorización en vía de regularización, sin perjuicio de que se apliquen las sanciones pertinentes y se remueva el elemento de publicidad exterior indebidamente instalado.

2. La instalación de elementos publicitarios antes de contar con Autorización municipal para su instalación

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