RESOLUCION.Nº 086 A 098-2016-OS/CD.Resoluciones del Consejo Directivo de OSINERGMIN.SEPARATA ESPECIAL Resolución de Consejo Directivo Osinergmin Nº 086-2016-OS/CD Aprueba los Precios a Nivel Generación y Programa de Transferencias por Mecanismo de Compensación para el período mayo 2016 - julio 2016 Resolución de Consejo Directivo... -

EmisorOrganismos Reguladores
Fecha de la disposición28 de Abril de 2016
SEPARATA ESPECIAL
Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 086-2016-OS/CD
Aprueba los Precios a Nivel Generación y Programa de Transferencias por
Mecanismo de Compensación para el período mayo 2016 - julio 2016
Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 087-2016-OS/CD
Aprueba el Cargo GGEE-DUP para el período mayo 2016 - abril 2017
Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 088-2016-OS/CD
Aprueba la modif‌i cación del Procedimiento Técnico del COES Nº 05 Evaluación del
Cumplimiento del Programa Diario de Operación del Sistema Interconectado Nacional
Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 089-2016-OS/CD
Publicación del proyecto del nuevo Procedimiento Técnico del COES Nº 21
Reserva Rotante para Regulación Primaria de Frecuencia
Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 090-2016-OS/CD
Publicación del proyecto del nuevo Procedimiento Técnico del COES Nº 41
Información Hidrológica para la Operación del SEIN
Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 091-2016-OS/CD
Aprueba la Fijación del Factor de Balance de Potencia Coincidente en Horas de Punta (FBP)
del período mayo 2016 - abril 2017
Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 092-2016-OS/CD
Aprueba Fijación de los Factores de Ponderación del Valor Agregado de
Distribución del período mayo 2016 - abril 2017
Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 093-2016-OS/CD
Aprueba Fijación de los Factores de Ponderación del Precio de la Energía (Ep)
del período mayo 2016 - abril 2017
Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 094-2016-OS/CD
Aprueba Fijación del Factor de Recargo y Programa de Transferencias Externas del
Fondo de Compensación Social Eléctrica (FOSE) del período mayo 2016 - julio 2016
Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 095-2016-OS/CD
Fija el Factor de Descuento Aplicable (FDA), aplicable a la Tarifa por
Red Principal de Transporte, para el período mayo 2016 - abril 2016
Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 096-2016-OS/CD
Aprueba los cargos de Inspección, Supervisión y Habilitación de instalaciones internas
para clientes con consumos mayores a 300 m3/mes; y el cargo de Reconexión de los
componentes de la acometida (Tipo II) aplicables a los consumidores de las Categorías A y B
(Comerciales ) de la Concesión de Distribución de Gas Natural del Departamento de lca
Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 097-2016-OS/CD
Aprueba los Factores de Reajuste FA1, FA2 y FAT para la Tarifa Única de Distribución
de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión de Lima y Callao
Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 098-2016-OS/CD
Publicación del proyecto de Resolución que aprueba la Norma “Base Metodológica
para Entrega de información Detallada de los Formatos del Manual de
Contabilidad Regulatoria de las Actividades Reguladas de Gas Natural”
Jueves 28 de abril de 2016
AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU
1825-2015. LA HISTORIA PARA CONTAR
Jueves 28 de abril de 2016 /
El Peruano
584248 NORMAS LEGALES
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA
OSINERGMIN N° 086-2016-OS/CD
Lima, 26 de abril de 2016
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 29° de la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Ef‌i ciente de la Generación Eléctrica, ha creado
el Precio a Nivel Generación, que debe ser aplicado a los consumidores f‌i nales de electricidad localizados en el Perú,
y que son sujetos a regulación de precios por la energía o potencia que consumen. Dicho Precio a Nivel Generación es
calculado como el promedio ponderado de los precios de los Contratos sin Licitación y de los Contratos resultantes de
Licitaciones;
Que, el citado artículo 29°, dispuso el establecimiento de un mecanismo de compensación entre Usuarios Regulados
del SEIN, con la f‌i nalidad que el Precio a Nivel Generación sea único, excepto por las pérdidas y la congestión de los
sistemas de transmisión;
Que, mediante Decreto Supremo N° 019-2007-EM se aprobó el “Reglamento del Mecanismo de Compensación entre los
Usuarios Regulados del SEIN” (“Reglamento”), el cual dispone en el numeral 2.3 de su artículo 2° que Osinergmin apruebe
los procedimientos necesarios para calcular el Precio a Nivel Generación y determinar el programa de transferencias
entre empresas aportantes y receptoras del mecanismo de compensación;
Que, con Resolución N° 180-2007-OS/CD se aprobó la Norma “Precios a Nivel Generación y Mecanismo de Compensación
entre Usuarios Regulados”, la misma que establece en su numeral 4.1 que, trimestralmente, se calculará el Precio a
Nivel Generación y su fórmula de ajuste; así como, las transferencias a que se ref‌i ere el considerando precedente.
La mencionada norma fue modif‌i cada por Resoluciones N° 636-2007-OS/CD, N° 638-2008-OS/CD, N° 164-2009-OS/
CD, N° 055-2011-OS/CD, N° 161-2013-OS/CD y N° 148-2015-OS/CD. Esta última resolución aprueba el Texto Único
Ordenado de la citada Norma;
Que, de otro lado, el artículo 5° de la Resolución N° 074-2016-OS/CD, que f‌i jó los Precios en Barra para el periodo mayo
2016 – abril 2017, dispone que los precios máximos a partir de los cuales se determinarán los nuevos pliegos aplicables
a las empresas distribuidoras del SEIN desde el 01 de mayo de 2016 se calcularán sobre la base de los Precios a Nivel
Generación a que hace referencia el Artículo 29° de la Ley N° 28832, de conformidad con lo establecido por el artículo
Que, asimismo, de acuerdo con el numeral 4.4 del Artículo 4° del Reglamento, es responsabilidad de Osinergmin publicar
el estado de las transferencias por concepto del Mecanismo de Compensación;
Que, mediante Resolución N° 010-2016-OS/CD, se calcularon los Precios a Nivel Generación y el programa de
transferencias aplicables al trimestre febrero 2016 – abril 2016, correspondiendo en esta oportunidad publicar, de
acuerdo con el numeral 4.4 del Artículo 4° del Reglamento, el Precio a Nivel Generación y el programa de transferencias,
entre empresas aportantes y receptoras del mecanismo de compensación, para el siguiente trimestre mayo 2016 - julio
2016.
Que, asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 3.2 del Artículo 3° del Reglamento, corresponde aprobar las
Transferencias por Saldos Ejecutados Acumulados correspondiente al mes de enero de 2016;
Que, los cálculos del Precio a Nivel Generación, estado de transferencias y el programa de transferencias
aplicables al trimestre mayo 2017 – julio 2016, se encuentra sustentado en el Informe N° 263-2016-GRT, y la
procedencia de la publicación de la presente resolución se analiza en el Informe N° 0062-2016-GART, informes
que forman parte integrante de la presente decisión. Los mencionados informes complementan la motivación
que sustenta la resolución de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos
administrativos a que se refiere el Artículo 3.4 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo
General;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión
Privada en los Servicios Públicos y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-PCM; en el
Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en el Decreto Ley N°
25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; en la Ley
N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Ef‌i ciente de la Generación Eléctrica; en el Reglamento del Mecanismo de
Compensación entre los Usuarios Regulados del SEIN aprobado por Decreto Supremo N° 019-2007-EM y, en la Ley
N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; así como en sus normas modif‌i catorias, complementarias
y conexas; y
Estando a lo acordado por el Consejo Directivo del Osinergmin en su Sesión N° 15-2016.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar el Precio a Nivel Generación en Subestaciones Base para la determinación de las tarifas máximas
a los Usuarios Regulados del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional, y su fórmula de reajuste, aplicables a partir del
01 de mayo de 2016.
El Peruano / Jueves 28 de abril de 2016 584249
NORMAS LEGALES
1.1 PRECIOS A NIVEL GENERACIÓN EN BARRAS DE REFERENCIA DE GENERACIÓN
Cuadro N° 1
Subestaciones Base
Tensión PPN PENP PENF
kV S//kW-mes ctm. S//kWh ctm. S//kWh
SISTEMA ELÉCTRICO INTERCONECTADO NACIONAL (SEIN)
Zorritos 220 21,23 17,75 14,32
Talara 220 21,23 17,69 14,28
Piura Oeste 220 21,23 17,77 14,36
Chiclayo Oeste 220 21,23 17,69 14,34
Carhuaquero 220 21,23 17,40 14,14
Carhuaquero 138 21,23 17,40 14,15
Cutervo 138 21,23 17,47 14,18
Jaen 138 21,23 17,55 14,23
Guadalupe 220 21,23 17,68 14,34
Guadalupe 60 21,23 17,71 14,36
Cajamarca 220 21,23 17,45 14,19
Trujillo Norte 220 21,23 17,57 14,28
Chimbote 1 220 21,23 17,50 14,23
Chimbote 1 138 21,23 17,51 14,25
Paramonga Nueva 220 21,23 17,35 14,14
Paramonga Nueva 138 21,23 17,34 14,13
Paramonga Existente 138 21,23 17,30 14,11
Huacho 220 21,23 17,33 14,14
Zapallal 220 21,23 17,38 14,16
Ventanilla 220 21,23 17,45 14,20
Lima 220 21,23 17,50 14,26
Cantera 220 21,23 16,79 14,17
Chilca 220 21,23 16,60 13,90
Independencia 220 21,23 16,92 14,41
Ica 220 21,23 17,04 14,43
Marcona 220 21,23 17,38 14,31
Mantaro 220 21,23 16,52 13,25
Huayucachi 220 21,23 17,24 13,85
Pachachaca 220 21,23 17,04 13,74
Pomacocha 220 21,23 16,94 13,75
Huancavelica 220 21,23 16,64 13,86
Callahuanca 220 21,23 17,64 13,98
Cajamarquilla 220 21,23 17,57 14,16
Huallanca 138 21,23 17,07 13,94
Vizcarra 220 21,23 17,35 14,07
Tingo María 220 21,23 17,68 14,25

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