ORDENANZA, Nº 288-MDPP, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA - Ordenanza que crea la cédula de verificación catastral y otorga el beneficio para la condonación de obligaciones tributarias y administrativas en el Distrito de Puente Piedra-ORDENANZA-Nº 288-MDPP
Fecha de disposición | 12 Abril 2016 |
Fecha de publicación | 23 Abril 2016 |
Sección | Sección Única |
Puente Piedra, 12 de abril del 2016
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE PUENTE PIEDRA
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha, 12 de Abril del 2016, El Proyecto de Ordenanza que crea la cedula de verificación catastral y otorga el beneficio para la condonación de obligaciones tributarias y administrativas en el Distrito de Puente Piedra estando con los informes técnicos de las áreas competentes, mediante el Informe Nº 02-2016-GDU/MDPP de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Memorándum Nº 0153-2016-GPP/MDPP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Memorándum Nº 93-2016-GAT/MDPP de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Legal Nº089-2016-GAJ-MDPP de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 28607 - Ley que modifica los artículos 91º, 191º, 194º de la Constitución – concordado con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción;
Que, el Artículo 79º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, otorga funciones exclusivas a las Municipalidades Distritales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, dentro de las cuales se encuentran el normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalización de habilitaciones urbanas, construcción, remodelación o demolición de inmuebles y declaratorias de fábrica, entre otros;
Que, el segundo párrafo del Artículo 40º de la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, dispone que los Ministerios, Instituciones y Organismos Públicos, y otras entidades de la administración pública, de cualquier naturaleza, ya sean dependientes del gobierno central, gobiernos regionales o locales, están obligados a aprobar normas legales destinadas a unificar, reducir y simplificar los procedimientos y trámites administrativos que se siguen ante la respectiva entidad;
Que, la creación de la Cédula de Verificación Catastral se establece con el fin que los contribuyentes del distrito den las facilidades al momento del levantamiento de la Información Predial y Catastral y puedan subsanar sus obligaciones tributarias y administrativas, obteniendo beneficios para la condonación de las multas tributarias en los casos de omisos y subvaluado res y la condonación total del interés moratorio de deudas tributarias; al amparo del Artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por DS Nº 135-99-EF sobre la facultad de los gobiernos locales para que mediante norma expresa y con rango de Ley, puedan condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administren;
Que, el objeto de la presente Ordenanza regular la viabilidad de condonar las multas administrativas y tributarias derivadas de la ejecución de obras sin la licencia de construcción y/o edificación u otras...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba