RESOLUCION JEFATURAL, Nº 000096-2016-J/ONPE, ORGANOS AUTONOMOS, OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES - Aprueban procedimientos administrativos "Excusas al cargo de miembro de mesa en aplicación de las causales por impedimentos", "Expedición de Formatos para la recolección de Firmas de Adherentes (Kit Electoral)" y "Verificación en documentos electorales"-RESOLUCION JEFATURAL-Nº 000096-2016-J/ONPE
Fecha de disposición | 20 Abril 2016 |
Fecha de publicación | 22 Abril 2016 |
Sección | Sección Única |
Lima, 20 de Abril de 2016
VISTOS: el Oficio N° 0094-2016-PCM/SGP de la Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; así como los Memorandos N°000221 y N° 000222-2016-GGC/ONPE de la Gerencia de Gestión de la Calidad, y el Informe N° 000180-2016-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
El artículo 36° de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General determina que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se aprueban exclusivamente mediante decreto supremo o norma de mayor jerarquía, norma de la más alta autoridad regional, de Ordenanza Municipal o de la decisión del titular de las entidades autónomas conforme a la Constitución;
Mediante Oficio N° 0094-2016-PCM/SGP, la Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros comunica a la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE las observaciones formuladas al TUPA de la entidad, entre otros, a los procedimientos con número de orden 2, 5 y 6; recomendando se proceda con la creación de los requisitos y otros elementos de dichos procedimientos, en forma previa a la aprobación del TUPA;
Al respecto, vale decir que el Procedimiento con Número de Orden 2 se refiere a “Excusas al cargo de miembro de mesa en aplicación de las causales por impedimentos”, el cual se sustenta en los artículos 57° y 58° de la Ley N° 26859 - Ley Orgánica de Elecciones, que establecen una lista de impedimentos para ser miembro de mesa en procesos electorales y que el cargo es irrenunciable; asimismo, que la excusa a este cargo solo puede ser formulada por escrito y sustentada con prueba instrumental;
El Procedimiento con Número de Orden 5 es la “Expedición de Formatos para la recolección de Firmas de Adherentes (Kit Electoral)”; el cual, tiene como origen el artículo 7° de la Ley N° 28094 – Ley de Partidos Políticos, que dispone que la relación de firmas de adherentes, es presentada ante el Registro de Organizaciones Políticas en los formularios de papel o electrónicos que proporcione la ONPE;
De igual manera, el Procedimiento...
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