DECRETO SUPREMO, Nº 077-2016-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional de Promoción de la Inversión Privada en Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos-DECRETO SUPREMO-Nº 077-2016-EF

EmisorECONOMIA Y FINANZAS
Fecha de la disposición11 de Abril de 2016

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo al artículo 58 de la Constitución Política del Perú, la iniciativa privada es libre, ejerciéndose ésta en una economía social de mercado. En ese sentido, bajo dicho régimen, el Estado orienta el desarrollo del país, y actúa principalmente en las áreas de promoción de empleo, salud, educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura;

Que, el numeral 1 del artículo 4 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que es competencia exclusiva del Poder Ejecutivo, el diseñar y supervisar las políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno; asimismo, éstas definen los objetivos prioritarios, los lineamientos, los contenidos principales de las políticas públicas, los estándares nacionales de cumplimiento y la provisión de servicios que deben ser alcanzados y supervisados para asegurar el normal desarrollo de las actividades públicas y privadas;

Que, conforme al numeral 22.2 del artículo 22 de la Ley Nº 29158 antes señalada, los Ministerios diseñan, establecen, ejecutan y supervisan las políticas nacionales y sectoriales, asumiendo la rectoría respecto de ellas; y, de acuerdo a los literales a) y e) del numeral 23.1 del artículo 23 de la citada norma, son funciones generales de los Ministerios el formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como realizar seguimiento respecto al desempeño y logros alcanzados a nivel nacional, regional y local, y tomar las medidas correspondientes;

Que, de acuerdo con el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, corresponde a dicho Ministerio planear, dirigir y controlar los asuntos relativos a la tributación, política aduanera, financiación, endeudamiento, presupuesto, tesorería y contabilidad, así como armonizar la actividad económica nacional;

Que, con Decreto Supremo Nº 004-2015-RE, se ratificó el Acuerdo entre la República del Perú y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), el mismo que fuera suscrito el 08 de diciembre de 2014, con el objetivo de establecer las...

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