DECRETO DE ALCALDIA, Nº 008-2016/MDA, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE ATE - Disponen la creación del Depósito Oficial Municipal de Vehículos Menores y del Depósito Oficial Municipal de Vehículos-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 008-2016/MDA
Fecha de disposición | 25 Marzo 2016 |
Fecha de publicación | 09 Abril 2016 |
Sección | Sección Única |
Ate, 25 de marzo de 2016
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE
VISTO; el Informe Nº 058-2016-MDA-GFC/SGCTSV de la Sub Gerencia de Control de Tránsito, y Seguridad Vial; el Informe Nº 287-2016-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Proveído Nº 0346-2016-MDA/GM de la Gerencia Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, establece que la acción estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, así como a la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto;
Que, el artículo 1º de la Ley de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores, Ley Nº 27189, reconoce y norma el carácter y la naturaleza del servicio de transporte especial en vehículos menores, mototaxis y similares, complementario y auxiliar, como un medio de transporte vehicular terrestre;
Que, el literal a) del numeral 18.1 del Artículo 18º de la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, Ley Nº 27181, señala que las municipalidades distritales, ejercen la competencia de regulación del transporte menor;
Que, el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 055-2010- MTC, que aprueba el Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de Pasajeros en vehículos Motorizados o No Motorizados, señala “El presente reglamento tiene por objeto establecer las normas generales para prestar el servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores de tres (03) ruedas, motorizados y no motorizados”. Asimismo, el artículo 3º respecto a Definiciones, en su numeral 3.2) de la acotada norma, establece como Municipalidad Distrital Competente: “La Municipalidad Distrital de la Jurisdicción donde se presta el servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores, encargada de autorizar, controlar y...
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