RESOLUCION VICE MINISTERIAL, Nº 492-2016-MTC/03, PODER EJECUTIVO, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - Otorgan autorizaciones a personas jurídicas y naturales para prestar servicio de radiodifusión en diversas localidades de los departamentos de La Libertad, Junín, Cusco, San Martín, Apurímac, Arequipa, Cajamarca, Áncash, Puno y Huánuco-RESOLUCION VICE MINISTERIAL-Nº 492-2016-MTC/03

Fecha de publicación07 Abril 2016
Fecha de disposición23 Marzo 2016

Lima, 23 de marzo de 2016

VISTO, el Expediente Nº 2014-051847, presentado por el señor ARMANDO ORIHUELA GAMARRA, sobre otorgamiento de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Palca, departamento de Junín;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 14º de la Ley de Radio y TelevisiónLey Nº 28278, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorización, la cual se otorga por Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo previsto en el artículo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC;

Que, asimismo, el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión indica que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de radiodifusión. Además, el citado artículo señala que la instalación de equipos en una estación de radiodifusión requiere de un Permiso, el mismo que es definido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o jurídicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusión;

Que, el artículo 26º de la Ley de Radio y Televisión establece que otorgada la autorización para prestar el servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración de...

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