QUEJA, Nº 1001-2014-UCAYALI, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Imponen medida disciplinaria de destitución a Juez de Paz del Asentamiento Humano San Fernando del distrito de Manantay, Corte Superior de Justicia de Ucayali-QUEJA-Nº 1001-2014-UCAYALI

Fecha de disposición03 Abril 2016
Fecha de publicación03 Abril 2016
SecciónSección Única

Lima, nueve de marzo de dos mil dieciséis.-

VISTA:

La Queja ODECMA número mil ciento uno guión dos mil catorce guión Ucayali que contiene la propuesta de destitución del señor César Neiser Ríos Tenazoa, por su desempeño como Juez de Paz del Asentamiento Humano San Fernando del Distrito de Manantay, Corte Superior de Justicia de Ucayali, remitida por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante resolución número veintinueve de fecha seis de abril de dos mil quince; de fojas ciento setenta y seis a ciento ochenta y uno.

CONSIDERANDO:

Primero. Que el quejado César Neiser Ríos Tenazoa, en su actuación como Juez de Paz del Asentamiento Humano San Fernando del Distrito de Manantay, Corte Superior de Justicia de Ucayali, infringió sus deberes (usurpación de funciones notariales), al haber incurrido en los siguientes cargos:

a) Otorgar contrato de compra venta de derechos posesorios y mejoras de terreno ubicado en el Distrito de Callería a favor de Norman Germano Zumaeta Guzmán, sin consultar su situación legal de posesión; y,

b) Haber certificado la firma de doña Lita Luz Cajan Novoa, en la declaración jurada de fecha doce de junio de dos mil doce, funciones que corresponden a un Notario de esta ciudad de conformidad con lo previsto en el artículo diecisiete de la Ley de Justicia de Paz, inobservando su deber señalado en el artículo cinco, inciso uno, de la citada ley, lo que constituye falta muy grave prevista en el artículo cincuenta, inciso tres, de la acotada norma.

Segundo. Que la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial expidió la resolución número veintinueve de fecha seis de abril de dos mil quince, mediante la cual propone a este Órgano de Gobierno se imponga al Juez de Paz César Neiser Ríos Tenazoa la medida disciplinaria de destitución, por los cargos descritos, concluyendo que los hechos atribuidos se encuentran acreditados, así como la gravedad de dichas inconductas, al haberse avocado a realizar funciones notariales sin tener la facultad de hacerlo, por cuanto según el Oficio número dieciséis guión dos mil doce guión CNU guión D del veintiséis de julio de dos mil doce, cursado por el Decano del Colegio de Notarios de Ucayali, en la ciudad de Pucallpa existen tres notarios públicos; por lo tanto, se aprecia que las situaciones de la comisión de la falta y los antecedentes personales del juez de paz investigado, separado del cargo por delito doloso en el año dos mil...

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