RESOLUCION VICE MINISTERIAL, Nº 038-2016-MINEDU, PODER EJECUTIVO, EDUCACION - Aprueban la Norma Técnica denominada “Norma que regula el funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”-RESOLUCION VICE MINISTERIAL-Nº 038-2016-MINEDU

EmisorEDUCACION
Fecha de la disposición31 de Marzo de 2016

Lima, 31 de marzo de 2016

VISTOS, el Informe Nº 049-2016-MINEDU/VMGP-DIGESU y el Informe N° 280-2016-MINEDU/SG-OGAJ;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 30220, Ley Universitaria, tiene por objeto normar la creación, funcionamiento, supervisión y cierre de las universidades. Promueve el mejoramiento continuo de la calidad educativa de las instituciones universitarias como entes fundamentales del desarrollo nacional, de la investigación y de la cultura. Asimismo, establece los principios, fines y funciones que rigen el modelo institucional de la universidad;

Que, el artículo 29 de la referida Ley establece que aprobada la Ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan;

Que, el citado artículo agrega que el proceso de constitución de una universidad concluye con la designación de sus autoridades, dentro de los plazos establecidos por el Ministerio de Educación;

Que, el artículo 55 de la Ley Universitaria establece que el gobierno de la universidad es ejercido por las siguientes instancias: Asamblea Universitaria, Consejo Universitario, Rector, Consejos de Facultad y Decanos, precisando que para la instalación y funcionamiento de la Asamblea Universitaria, el Consejo Universitario y el Consejo de Facultad, el quórum es la mitad más uno de sus miembros hábiles;

Que, mediante el Informe N° 049-2016-MINEDU/VMGP-DIGESU la Dirección General de Educación Superior Universitaria...

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