ACUERDO, Nº 077, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA - Aprueban Plan de Promoción de la Inversión Privada "Servicio de Limpieza Pública: Recolección y Manejo de Residuos Sólidos para el Cercado de Lima"-ACUERDO-Nº 077

Fecha de publicación01 Abril 2016
Fecha de disposición22 Marzo 2016

Lima, 22 de marzo de 2016

Visto en la Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 22 de marzo de 2016, el Acuerdo de Concejo N° 259, del 24 de setiembre de 2015; la Carta N° 1073-2015-MML-GPIP, del 30 de setiembre de 2015; la Carta C-2983/2015, del 13 de octubre de 2015; el Oficio N° 55-2016-MML-GPIP, del 29 de febrero de 2016; el Informe N° 008-2016-MML-GPIP-SPPI, del 29 de febrero de 2016; el Oficio N° 064-2016-EF/15.01, del 4 de marzo de 2016; el Memorando N° 163-2016-MML-GPIP, del 4 de marzo de 2016; y el Memorando N° 181-2016-MML-GMM, de la Gerencia Municipal Metropolitana, mediante el cual se eleva a consideración del Concejo Metropolitano de Lima, el Plan de Promoción de la Inversión Privada denominado “Servicio de Limpieza Pública: Recolección y Manejo de Residuos Sólidos para el Cercado de Lima”, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú reconoce autonomía política, económica y administrativa de las Municipalidades en asuntos de su competencia.

Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia.

Que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.

Que, el numeral 18) del artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, prevé como atribución del Concejo Municipal aprobar la entrega de construcciones de infraestructura y servicios públicos municipales al sector privado a través de concesiones o cualquier otra forma de participación de la inversión privada permitida por ley, conforme a los artículos 32 y 35 de la citada Ley.

Que, asimismo, el artículo 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos.

Que, el artículo 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para sujetarse a una conducta o norma institucional.

Que, a través de la Ordenanza N° 867-MML se aprobó el Reglamento para la Promoción de la Inversión Privada en Lima Metropolitana, el mismo que establece el marco normativo para que la Municipalidad Metropolitana de Lima y las municipalidades distritales de su jurisdicción promuevan la inversión privada.

Que, actualmente, el marco general aplicable para la promoción de la inversión privada está conformado por el Decreto Legislativo N° 1224, que aprueba el Marco de Promoción de la inversión Privada mediante Asociaciones Publico Privadas y Proyecto en Activos y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 410-2015-EF.

Que, mediante Ordenanza N° 812-MML, publicada en el Diario Oficial “El Peruano”, el 15 de setiembre de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR