RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 120-2016-PRODUCE, PODER EJECUTIVO, PRODUCE - Convocan a elección de representantes de las Asociaciones de las MYPE y Comités de MYPE para el año 2016 en los espacios de representación de las entidades públicas para el año 2016-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 120-2016-PRODUCE

EmisorPRODUCE
Fecha de la disposición30 de Marzo de 2016

Lima, 30 de marzo de 2016

VISTOS: El Memorando Nº 305-2016-PRODUCE/DVMYPE-I/DIGEDEPRO, de la Dirección General de Desarrollo Productivo, y el Informe Nº 025-2016/PRODUCE/OGAJ-jguerra de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 29051, Ley que regula la participación y la elección de los representantes de las MYPE en las diversas entidades públicas, modificada por la Ley Nº 30056, Ley que modifica diversas leyes para facilitar la inversión, impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento empresarial, establece el marco legal para el acceso de las Asociaciones de las MYPE, así como de los Comités de MYPE constituidos al interior de otras organizaciones gremiales, a los espacios de representación de entidades públicas que por su naturaleza, finalidad, ámbito y competencia se encuentren vinculadas directamente con la temática de las MYPE;

Que, la Ley Nº 29271, establece que el Ministerio de la Producción es el sector competente en materia de promoción y desarrollo de cooperativas, transfiriéndosele las funciones y competencias sobre micro y pequeña empresa – MYPE;

Que, el artículo 5 de la Ley Nº 29051, concordado con el artículo 6 de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2015-PRODUCE, establece que el Ministerio de la Producción, a través de su órgano de línea competente y con la asistencia técnica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE, es el encargado del desarrollo de las etapas del proceso electoral para la elección de las Asociaciones de las MYPE y Comités de MYPE cuyos representantes participen en los espacios de representación de las diversas entidades públicas;

Que, el artículo 5 del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 014-2015-PRODUCE, establece que el Ministerio de la Producción realiza el proceso electoral para todas las entidades públicas que cuentan con espacios de representación una (1) vez al año, y conforme a las etapas que se regulan en el artículo 7 del indicado Reglamento;

Que, de acuerdo al inciso b) del artículo 7 del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 014-2015-PRODUCE, el Ministerio de la Producción realiza la convocatoria del proceso electoral mediante Resolución Ministerial; asimismo, el artículo 8 del citado Reglamento establece que en la convocatoria se dispone la publicación del cronograma de acciones y plazos que deben tener en cuenta las Asociaciones de las MYPE y los Comités de MYPE para participar en el proceso electoral, así como los requisitos que solicitan las entidades públicas bajo el ámbito de aplicación de la Ley, entre otra información relevante;

Que, por su...

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