RESOLUCION, Nº 008-2016-SMV/01, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES - Modifican los artículos 7 y 8 del Reglamento del Fondo de Contingencia, aprobado mediante Res. Nº 629-97-EF/94.10-RESOLUCION-Nº 008-2016-SMV/01

EmisorSUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
Fecha de la disposición16 de Marzo de 2016

Lima, 16 de marzo de 2016

VISTOS:

El Expediente N° 2016004630 y el Memorándum Conjunto N° 745-2016-SMV/06/12 del 09 de marzo de 2016, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica y la Superintendencia Adjunta de Investigación y Desarrollo; así como el proyecto que modifica el Reglamento del Fondo de Contingencia, aprobado por Resolución CONASEV N° 629-97-EF/94.10 (en adelante, el Proyecto);

CONSIDERANDO:

Que, la Quinta Disposición Transitoria de la Ley del Mercado de Valores, aprobada por Decreto Legislativo N° 861 (en adelante, la LMV), constituyó el Fondo de Contingencia por un plazo de cinco (5) años, con la finalidad exclusiva de respaldar hasta el límite de dicho fondo las obligaciones y responsabilidades que hubieran asumido los agentes de bolsa y las sociedades agentes de bolsa derivadas de sus actividades de intermediación en el mercado de valores. Adicionalmente, esta disposición establece que la administración del Fondo de Contingencia corresponde a la Bolsa de Valores de Lima y a la SMV, según las normas que apruebe esta última;

Que, mediante Resolución CONASEV N° 629-97-EF/94.10 del 9 de octubre de 1997 se aprobó el Reglamento del Fondo de Contingencia (en adelante, el Reglamento), estableciéndose en su artículo 7° que el Comité de Administración se integraría con tres (3) miembros, uno de la Bolsa de Valores de Lima, uno de la Asociación de Sociedades Agentes de Bolsa y uno de la Superintendencia del Mercado de Valores (en adelante, SMV);

Que, el Fondo de Contingencia se encuentra, a la fecha, en la última fase del proceso de su liquidación, por lo que dada su situación y lo dispuesto por la LMV, se considera que deben realizarse unos ajustes al Reglamento, a fin de que la administración del Fondo de Contingencia recaiga en la Bolsa de Valores de Lima y en la SMV;

Que, el Proyecto conteniendo la propuesta modificatoria del Reglamento fue...

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