RESOLUCION.Nº 088-2016-CG.Lineamientos Preventivos para la Transferencia de Gestión de las Entidades del Gobierno Nacional.SEPARATA ESPECIAL DIRECTIVA Nº 003-2016-CG/GPROD LINEAMIENTOS PREVENTIVOS PARA LA TRANSFERENCIA DE GESTIÓN DE LAS ENTIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 088-2016-CG Viernes 18 de marzo de 2016 AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR ... -

Fecha de disposición18 Marzo 2016
Fecha de publicación18 Marzo 2016
SecciónSección Única
SEPARATA ESPECIAL
DIRECTIVA N° 003-2016-CG/GPROD
LINEAMIENTOS PREVENTIVOS
PARA LA TRANSFERENCIA DE
GESTIÓN DE LAS ENTIDADES
DEL GOBIERNO NACIONAL
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA
N° 088-2016-CG
Viernes 18 de marzo de 2016
AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU
1825-2015. LA HISTORIA PARA CONTAR
Viernes 18 de marzo de 2016 /
El Peruano
581116 NORMAS LEGALES
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA
Nº 088-2016-CG
Lima, 17 de marzo de 2016
VISTO, la Hoja Informativa Nº 00010-2016-CG/PEC de la Gerencia Central de Planeamiento Estratégico;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 82º de la Constitución Política del Perú, la Contraloría General de la República
es el órgano superior del Sistema Nacional de Control, encargado de supervisar la legalidad de la ejecución del
presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a control;
Que, el literal u) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la
Contraloría General de la República, dispone como una de las atribuciones de la Contraloría General, establecer los
procedimientos para que los Titulares de las entidades rindan cuenta oportuna ante dicho Órgano Rector, por los fondos
o bienes del Estado a su cargo, así como de los resultados de su gestión;
Que, asimismo, los artículos , y el literal t) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, establecen que el Sistema
Nacional de Control está facultado para ejercer el control interno y externo preventivo, correspondiendo a la Contraloría
General de la República emitir disposiciones y/o procedimientos para implementar operativamente medidas contra la
corrupción administrativa, así como para promover la adopción de mecanismos de transparencia e integridad al interior
de las entidades;
Que, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 28716 - Ley de Control Interno de las Entidades del Estado, se faculta
a los Órganos de Control Institucional a ejercer el control preventivo, sin perjuicio del control posterior interno que les
compete, correspondiendo a las entidades del Estado implantar obligatoriamente sistemas de control interno dirigidos a
promover el cumplimiento por parte de los funcionarios o servidores públicos de rendir cuentas, por los fondos y bienes
públicos a su cargo;
Que, concordantemente, la Norma de Control Interno 3.7 “Rendición de Cuentas”, aprobada por Resolución de
Contraloría Nº 320-2006-CG, ref‌i ere que el Titular, los funcionarios y servidores están obligados a rendir cuenta por el
uso de los recursos o bienes del Estado, el cumplimiento misional y de los objetivos institucionales, así como el logro
de los resultados esperados, para cuyo efecto el sistema de control interno establecido deberá brindar la información y
apoyo pertinente;
Que, en razón a los fundamentos legales antes expuestos, mediante Resolución de Contraloría Nº 372-2006-
CG se aprueba la Directiva Nº 08-2006-CG/SGE-PC “Lineamientos Preventivos para las Entidades del Estado sobre
Transferencia de Gestión”, que regula las pautas de carácter preventivo para la transferencia de gestión de las
Autoridades Ejecutivas Superiores y funcionarios en las entidades sujetas al Sistema Nacional de Control, con excepción
de las municipalidades, con la f‌i nalidad de orientar, instruir y desarrollar de manera uniforme la transferencia de gestión
en dichas entidades para contribuir a la adecuada continuidad de los servicios o actividades durante procesos de cambio
de administración en el Estado, en cautela del uso de los bienes y recursos públicos; así como la Directiva Nº 09-2006-
CG/SGE-PC “Lineamientos para el Control de la Transferencia de Gestión en las Entidades del Estado”, que establece
disposiciones para el ejercicio del control gubernamental preventivo y posterior relativo al proceso de transferencia de
gestión en las entidades del Estado sujetas al Sistema Nacional de Control;
Que, del mismo modo, mediante Resolución de Contraloría Nº 373-2006-CG se aprueba la Guía Técnica de
Probidad Administrativa sobre “Transferencia de Gestión”, que regula pautas orientadoras dirigidas a los funcionarios
del Estado y a la ciudadanía sobre el conjunto de disposiciones dirigidas a las autoridades salientes y a las nuevas
autoridades de las entidades públicas respecto a los procesos de transferencia de gestión;
Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 273-2014-CG se aprueban las Normas Generales de Control
Gubernamental, las cuales se emiten en el marco del nuevo enfoque de control, y buscan optimizar el ejercicio del
control gubernamental, se constituyen como disposiciones de obligatorio cumplimiento para la realización del control
gubernamental bajo estándares adecuados de calidad, aplicables entre otros a los Órganos de Control Institucional,
quienes efectúan el control interno simultáneo y posterior, así como el control gubernamental externo, en concordancia
con lo señalado en la Ley Nº 27785 citada;
Que, respecto a la transferencia de gestión de los gobiernos regionales y locales, se encuentra regulada por la
Directiva Nº 008-2014-CG/PCOR “Transferencia de la gestión administrativa de los Gobiernos Regionales y Gobiernos
Locales”, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 528-2014-CG, habiéndose comprendido en el mismo nuevos
criterios;
Que, en el citado contexto, a f‌i n de contribuir a la continuidad de las actividades o de las prestaciones de servicios,
mantener un adecuado ambiente de control interno y para evitar que se produzcan actos irregulares durante los procesos
de transferencia de gestión en el Estado, considerando además las disposiciones emitidas que aprueban las Normas
Generales de Control y la Directiva Nº 008-2014-CG/PCOR “Transferencia de la gestión administrativa de los Gobiernos
Regionales y Gobiernos Locales”, se considera pertinente la actualización del documento normativo que regule de
manera uniforme el proceso de transferencia de gestión en las entidades del gobierno nacional, señalando plazos,
formalidades, obligaciones y responsabilidades, así como la determinación de la información y documentación que debe
ser entregada por las Autoridades salientes o encargadas a las Autoridades entrantes respecto a los resultados de su
gestión en el cumplimiento de su misión y a los temas vinculados a los Sistemas Administrativos previstos en la Ley Nº
Que, en ese sentido, resulta necesario dejar sin efecto la Resolución de Contraloría Nº 372-2006-CG que aprueba
las Directivas Nº 08-2006-CG/SGE-PC “Lineamientos Preventivos para las Entidades del Estado sobre Transferencia de
Gestión” y Nº 09-2006-CG/SGE-PC “Lineamientos para el Control de la Transferencia de Gestión en las Entidades del
El Peruano / Viernes 18 de marzo de 2016 581117
NORMAS LEGALES
Estado”, así como la Resolución de Contraloría Nº 373-2006-CG que aprueba la Guía Técnica de Probidad Administrativa
- “Transferencia de Gestión”;
En uso de las facultades previstas en el artículo 32º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Control y de la Contraloría General de la República;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 003-2016-CG/GPROD “Lineamientos Preventivos para la Transferencia
de Gestión de las Entidades del Gobierno Nacional”, la misma que en anexo forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo Segundo.- La Directiva aprobada en el artículo precedente, entrará en vigencia a partir del día hábil
siguiente a la publicación de la presente Resolución en el diario of‌i cial El Peruano.
Artículo Tercero.- Dejar sin efecto la Resolución de Contraloría Nº 372-2006-CG que aprueba las Directivas Nº
08-2006-CG/SGE-PC “Lineamientos Preventivos para las Entidades del Estado sobre Transferencia de Gestión” y Nº 09-
2006-CG/SGE-PC “Lineamientos para el Control de la Transferencia de Gestión en las Entidades del Estado”, así como
la Resolución de Contraloría Nº 373-2006-CG que aprueba la Guía Técnica de Probidad Administrativa - “Transferencia
de Gestión”.
Artículo Cuarto.- Encargar al Departamento de Tecnologías de la Información, la publicación de la Directiva
aprobada por la presente Resolución en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), así como en el portal web
(www.contraloria.gob.pe) y en la intranet de la Contraloría General de la República.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FUAD KHOURY ZARZAR
Contralor General de la República
DIRECTIVA Nº 003-2016-CG/GPROD
“LINEAMIENTOS PREVENTIVOS PARA LA TRANSFERENCIA
DE GESTIÓN DE LAS ENTIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL”
ÍNDICE
1. FINALIDAD
2. OBJETIVOS
3. ALCANCE
4. SIGLAS
5. BASE LEGAL
5.1 General
5.2 Según Sistema Administrativo
5.2.1 Gestión de Recursos Humanos
5.2.2 Abastecimiento
5.2.3 Presupuesto Público
5.2.4 Tesorería
5.2.5 Endeudamiento Público
5.2.6 Contabilidad
5.2.7 Inversión Pública
5.2.8 Planeamiento Estratégico
5.2.9 Defensa Judicial del Estado
5.2.10 Control
5.2.11 Modernización de la Gestión Pública
6. DISPOSICIONES GENERALES
6.1 Def‌i niciones
6.2 Transferencia de Gestión
6.3 Comisión de Transferencia de Gestión
6.4 Informe para la Transferencia de Gestión
6.5 Sistemas Administrativos del Estado

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