ORDENANZA, Nº 017-2015-CR/GOB.REG.TACNA, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE TACNA - Otorgan plazo adicional para la culminación de los procedimientos de adjudicación del Programa de Vivienda denominado "VIVIENDA REGIONAL" - PROVIRE-ORDENANZA-Nº 017-2015-CR/GOB.REG.TACNA
Fecha de disposición | 17 Marzo 2016 |
Fecha de publicación | 17 Marzo 2016 |
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veinte de noviembre del dos mil quince, en Sesión Extraordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191 establece que: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; asimismo, el artículo 192 establece: “Los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas planes nacionales y locales de desarrollo. Son competentes para: (...) 3. Administrar sus bienes y rentas (…)”.
Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8 precisa: “La autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia (...)”.
Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en sus artículos 13 y 15 establecen: “El Consejo Regional. Es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional” y son sus atribuciones: “a. Aprobar, modificar, o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (...) i. Autorizar la transferencia de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del Gobierno Regional”, mientras que el artículo 38 señala: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”.
Que, con Ordenanza Regional Nº 003-2004-CR/GOB.REG.TACNA de fecha 03 de abril del 2004 se declara de interés público y de utilidad regional la ejecución del Programa de Vivienda denominado “VIVIENDA REGIONAL”, estableciéndose además una serie de normativas para su respectiva implementación. Asimismo, mediante Ordenanza Regional Nº 014-2004-CR/GOB.REG.TACNA de fecha 01 de agosto del 2004 se modifica el artículo primero de la citada Ordenanza Regional Nº 003-2004-CR/GOB.REG.TACNA, haciéndose algunas precisiones en su contenido.
Que, mediante Decreto Regional Nº 002-2004-GR.TACNA de fecha 10 de noviembre del 2004, se reglamentó el Plan de Vivienda denominado...
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