RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 057-2016-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Prorrogan el funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales, a partir del 1 de marzo de 2016 y disponen diversas acciones administrativas-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 057-2016-CE-PJ
Fecha de disposición | 02 Marzo 2016 |
Fecha de publicación | 10 Marzo 2016 |
Sección | Sección Única |
Lima, 2 de marzo de 2016
VISTOS:
El Oficio Nº 164-2016-OPJ-CNPJ-CE-PJ e Informe Nº 017-2016-OPJ-CNPJ-CE/PJ, cursados por el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial, respecto a la propuesta de prórroga de órganos jurisdiccionales transitorios a cargo de la Comisión Nacional de Productividad Judicial.
CONSIDERANDO:
Primero. Que por Resoluciones Administrativas Nros. 271-2015-CE-PJ, 274-2015-CE-PJ; 345-2015-CE-PJ, 359-2015-CE-PJ, 364-2015-CE-PJ, 370-2015-CE-PJ y 371-2015-CE-PJ, se prorrogó hasta el 29 de febrero de 2016, el funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios que se encuentran bajo la competencia de la Comisión Nacional de Productividad Judicial; disponiéndose, además, que las Comisiones Distritales de Productividad Judicial cumplan con monitorear el funcionamiento de la producción de los órganos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal, así como emitir informe de la labor realizada por los órganos jurisdiccionales permanentes y transitorios.
Segundo. Que mediante Oficio Nº 164-2016-OPJ-CNPJ-CE-PJ, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial ha elevado a este Órgano de Gobierno el Informe Nº 017-2016-OPJ-CNPJ-CE/PJ, a través del cual ha realizado la evaluación de las solicitudes presentadas por los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Apurímac, Ayacucho, Cajamarca, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Lima Este, Lima Norte, Loreto, Piura, Santa y Ventanilla, respecto a los órganos jurisdiccionales transitorios cuyo plazo de funcionamiento se encuentra vigente hasta el 29 de febrero de 2016. Dicha evaluación se ha efectuado en base a la información estadística registrada y disponible en los Sistemas Informáticos del Poder Judicial, correspondiente al período de enero a octubre de 2015, considerando que el avance ideal al mes de octubre de cada año equivale al 82% del estándar anual. En ese sentido, se ha establecido la capacidad operativa de cada Corte Superior de Justicia en la administración de órganos jurisdiccionales y la optimización de recursos para la mejora de la productividad y eficiencia a nivel nacional, teniendo en cuenta la escasez de recursos presupuestales disponibles. Por lo que siendo así, y conforme al análisis y evaluación desarrollados respecto al ingreso de expedientes nuevos, carga procesal y producción jurisdiccional, la Oficina de Productividad Judicial pone a consideración de este Órgano de Gobierno propuesta de prórroga de funcionamiento de órganos jurisdiccionales transitorios en los mencionados Distritos Judiciales.
Tercero. Que, de otro lado, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial informa lo siguiente:
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La Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho solicitó mediante Oficio Nº 731-2015-P-CSJAY/PJ la creación de un Juzgado Contencioso Administrativo Laboral y/o un...
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