RESOLUCION, Nº 0164-2016-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Confirman resolución que declaró improcedente inscripción de lista de candidatos para el Congreso de la República por el distrito electoral de San Martín-RESOLUCION-Nº 0164-2016-JNE
Fecha de disposición | 08 Marzo 2016 |
Fecha de publicación | 08 Marzo 2016 |
Expediente N° J-2016-00210
SAN MARTÍN
JEE MOYOBAMBA (EXPEDIENTE N° 00058-2016-057)
ELECCIONES GENERALES 2016
RECURSO DE APELACIÓN
Lima, cuatro de marzo de dos mil dieciséis.
VISTO en audiencia pública de la fecha el recurso de apelación interpuesto por Berta Marita Tocto Ramírez, personera legal titular de la organización política Partido Nacionalista Peruano, en contra de la Resolución N° 003-2016-JEE-MOYOBAMBA/JNE, de fecha 25 de febrero de 2016, emitida por el Jurado Electoral Especial de Moyobamba, que declaró improcedente la inscripción de la lista de candidatos para el Congreso de la República por el distrito electoral de San Martín, presentada por la citada organización política, a fin de participar en las Elecciones Generales 2016.
ANTECEDENTES
Primer pronunciamiento del Jurado Electoral Especial
Mediante Resolución N° 002-2016-JEE-MOYOBAMBA/JNE, del 18 de febrero de 2016 (fojas 318 a 322), el Jurado Electoral Especial de Moyobamba (en adelante JEE) admitió a trámite la solicitud de inscripción de lista candidatos al Congreso de la República por el distrito electoral de San Martín, presentada por Berta Marita Tocto Ramírez, personera legal titular de la organización política Partido Nacionalista Peruano.
Asimismo, ordenó publicar la síntesis de la referida resolución por una sola vez en el diario de mayor circulación de la circunscripción electoral, bajo costo de la organización política, dentro del plazo de cinco días naturales después de su notificación. De modo similar, dispuso que la organización política diera cuenta de la publicación al JEE al día siguiente de efectuada, bajo apercibimiento de declararse improcedente la inscripción de la lista de candidatos.
Segundo pronunciamiento del Jurado Electoral Especial
Por medio de la Resolución N° 003-2016-JEE-MOYOBAMBA/JNE, del 25 de febrero de 2016 (fojas 19 a 21), el JEE declaró improcedente la solicitud de inscripción de lista candidatos, en atención a que la organización política no cumplió con comunicarle, dentro del plazo establecido, la publicación de la síntesis de la resolución que admitió a trámite la solicitud de inscripción de la lista de candidatos del distrito electoral de San Martín.
Recurso de apelación
En contra de la Resolución N° 003-2016-JEE-MOYOBAMBA/JNE, del 25 de febrero de 2016, la personera legal titular del partido político interpone recurso de apelación (fojas 2 a 5). Al respecto, alega que i) su representada ha cumplido con publicar la...
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