RESOLUCION, Nº 013-2016-SUNAT/600000, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - Designan Ejecutores Coactivos en la Intendencia de Lima e Intedencia Regional Madre de Dios-RESOLUCION-Nº 013-2016-SUNAT/600000

Fecha de disposición02 Marzo 2016
Fecha de publicación03 Marzo 2016

Lima, 2 de marzo de 2016

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución de Superintendencia N° 361-2013/SUNAT se designó a la abogada Yda Noemí Ramírez Martel como Ejecutor Coactivo encargada de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia Regional Junín, la misma que se ha estimado conveniente dejar sin efecto;

Que con Resolución de Superintendencia N° 369-2013/SUNAT se designó al abogado Ricardo Mario José García Ordinola como Ejecutor Coactivo encargado de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia Regional La Libertad, la misma que se ha estimado conveniente dejar sin efecto;

Que mediante Resolución de Superintendencia N° 080-2014/SUNAT se designó a las abogadas Maryuri Yris León Alvarado y Luz Erika Sarmiento Sotta como Ejecutores Coactivos encargadas de la gestión de cobranza coactiva de las Intendencias Regionales La Libertad y Madre de Dios, las mismas que se han estimado conveniente dejar sin efecto;

Que de otro lado, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF, establece los requisitos que deberán cumplir los trabajadores de la Administración Tributaria para acceder al cargo de Ejecutor Coactivo;

Que a fin de garantizar el normal funcionamiento de la cobranza coactiva en la Intendencia Lima y la Intendencia Regional Madre de Dios, resulta necesario efectuar la designación de los Ejecutores Coactivos que se encarguen de la gestión de la cobranza coactiva en las mencionadas Intendencias;

Que los trabajadores propuestos han presentado declaración jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados;

Que la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2008-JUS, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingrese mediante Concurso Público;

En uso de la facultad conferida por el inciso l) del artículo 14° del Reglamento de...

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