ORDENANZA, Nº 315, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO - Modifican el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad-ORDENANZA-Nº 315

Fecha de disposición18 Febrero 2016
Fecha de publicación28 Febrero 2016

San Juan de Lurigancho, 18 de febrero de 2016

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO

VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 18 de febrero de 2016, el Informe N° 012-2016-MDSJL/GP-SGDICNI de fecha 01 de febrero de 2016, de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Cooperación Nacional e Internacional, y documentos conexos, sobre propuesta de modificación de Reglamento de Organización y Funciones - ROF, aprobado mediante Ordenanza N° 290, y su modificatoria mediante Ordenanza N° 310, de la Municipalidad San Juan de Lurigancho; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme lo dispuesto por el artículo 194° de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 (en adelante la LOM) los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de Ordenanzas, las mismas que tienen rango de ley, conforme al artículo 200° de la Carta Fundamental;

Que, el artículo 9° numeral 3) de la LOM establece que, corresponde al concejo municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local. Asimismo, el artículo 40° dispone que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa;

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