ORDENANZA, Nº 339-2015-MDC, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO - Ordenanza que crea el Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes en el Distrito de Carabayllo-ORDENANZA-Nº 339-2015-MDC

Fecha de disposición15 Diciembre 2015
Fecha de publicación20 Febrero 2016

Carabayllo, 15 de diciembre de 2015

POR CUANTO:

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE CARABAYLLO;

VISTO:

En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 15 de diciembre de 2015, el documento final que contiene la Propuesta del Proyecto de ORDENANZA QUE CREA EL CONCEJO CONSULTIVO DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES de la Municipalidad Distrital de Carabayllo (CCONNA - CARABAYLLO); y,

CONSIDERANDO:

Que, artículo 192º y 194º de la Constitución Política del Perú, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipales Nº 27972, modificado por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional establece que los Gobiernos, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisándose que le compete a las municipalidades la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, y en tal sentido gozan de facultades normativas y reglamentarias, ejerciendo la jurisdicción en el ámbito de su circunscripción territorial;

Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades - LOM, en concordancia con su artículo VIII, reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo corresponde al Concejo Municipal, la función normativa a través de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al Numeral 4) del Artículo 200º de la Constitución Política del Perú;

Que el artículo 40º de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna; la regularización, la administración y supervisión de los servicios públicos y las materiales en las que las municipalidades tienen competencia normativa;

Que, conforme al artículo 13º del Código del Nino, Niña y Adolescente aprobada por Ley Nº 27337, establece que el niño y adolescente tiene la libertad de asociarse con fines lícitos y a reunirse pacíficamente y que solo los adolescentes podrán constituir persona jurídica de carácter asociativo sin fines de lucro, pudiendo adherirse a dicha asociaciones. Asimismo estas asociaciones son reconocidas por los Gobiernos locales;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 355-2009 el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprueba la constitución del Concejo Consultivo de Niños, Niñas y Adolescentes para el ámbito nacional y modificada mediante Resolución Ministerial Nº 671-2010-MIMDES.

Que, las Niñas, Niños y Adolescentes al ser parte de las familias, las que constituyen institutos fundamentales de la sociedad, deben ser considerados en las decisiones y procesos que les afecten y que tengan impacto en sus comunidades, siendo...

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