RESOLUCION, Nº 0086-2016-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Declaran infundado recurso de apelación y confirman la Res. Nº 002-2016-JEE-CHICLAYO/JNE-RESOLUCION-Nº 0086-2016-JNE

Fecha de disposición16 Febrero 2016
Fecha de publicación16 Febrero 2016

Expediente N° J-2016-00060

CHICLAYO - CHICLAYO - LAMBAYEQUE

JEE CHICLAYO (EXPEDIENTE N° 008-2016-030)

ELECCIONES GENERALES Y DE

REPRESENTANTES PERUANOS ANTE EL

PARLAMENTO ANDINO 2016

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, diez de febrero de dos mil dieciséis.

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Rafael Antonio Aita Campodónico en contra de la Resolución N° 002-2016-JEE-CHICLAYO/JNE, del 28 de enero de 2016, emitida por el Jurado Electoral Especial de Chiclayo, que declaró improcedente su solicitud, de fecha 25 de enero de 2016, de que se ordene a la alianza electoral Alianza Popular que lo incorpore en su lista de candidatos al Congreso de la República, para el distrito electoral de Lambayeque, en el marco de las Elecciones Generales y de Representantes Peruanos ante el Parlamento Andino 2016; y oído el informe oral.

ANTECEDENTES

La solicitud de incorporación como candidato

El 25 de enero de 2016 (fojas 277 a 336), Rafael Antonio Aita Campodónico solicitó al Jurado Electoral Especial de Chiclayo (en adelante JEE) que ordene a la alianza electoral Alianza Popular que lo incorpore dentro de su lista de candidatos al Congreso de la República, por la región Lambayeque, en el marco de las Elecciones Generales y de Representantes Peruanos ante el Parlamento Andino 2016, en respeto de los resultados de las elecciones internas realizadas por el partido político Partido Popular Cristiano (PPC). Dicha solicitud, básicamente, se fundamentó en lo siguiente:

- Los partidos políticos Partido Popular Cristiano (PPC), Partido Aprista Peruano (APRA) y Vamos Perú conformaron una alianza electoral denominada Alianza Popular. En el acuerdo de alianza, se estableció, entre otros aspectos, que la lista de candidatos al Congreso de la República, por la región Lambayeque, estaría integrada por cuatro candidatos del partido político Partido Aprista Peruano y por uno del Partido Popular Cristiano.

- Mediante Acuerdo N° 013-2015-TNE, del 27 de octubre de 2015, el Tribunal Nacional Electoral del Partido Popular Cristiano, entre otros puntos, convocó a elecciones internas para el 13 de diciembre de 2015, a fin de elegir a los delegados para los Plenarios Electorales Regionales que, a su vez, elegirían a los candidatos al Congreso de la República de su respectiva región. Además, aprobó el Reglamento Electoral que reguló el mencionado proceso de democracia interna.

- En base a ello, el “Tribunal Nacional Electoral Ad Hoc”, electo el 5 de diciembre de 2015 por el XVIII Congreso Nacional Extraordinario, designó a los miembros del Comité Electoral Central, con jurisdiccional nacional, como órgano encargado del proceso de elecciones internas.

- La elección interna de los delegados para los Plenarios Electorales se realizó el 13 de diciembre de 2015 y, para la elección de los candidatos al Congreso de la República por la región Lambayeque, se eligieron a siete, aunque solo quedaron seis por la renuncia de uno de ellos.

- En ese contexto, con el objetivo de participar en las elecciones internas del candidato al Congreso de la República por la región Lambayeque, con fecha 8 enero de 2016, se afilió al Partido Popular Cristiano como miembro de su respectivo Comité Regional.

- Así también, el 11 de enero de 2016, se convocó a las Asambleas Provinciales de Chiclayo y Lambayeque, de la región Lambayeque, con el propósito de que los militantes de dicho partido propongan una terna de ciudadanos para la elección de sus candidatos al Congreso de la República. Finalmente, esta quedó conformada por Germán Preciado Ruiz, Rafael Antonio Aita Campodónico y Mavila Esther Vásquez Díaz, además, el acta que contenía la propuesta fue remitida al Comité Electoral Central vía correo electrónico.

- Por tal motivo, realizó el pago por derecho de postulación, por la suma de mil nuevos soles (S/ 1 000.00), en la cuenta bancaria de la organización política, de acuerdo con lo indicado por su Comité Electoral Central vía correo electrónico.

- Sin embargo, el 13 de enero de 2016, el mencionado partido político publicó en su página web oficial una lista de precandidatos propuestos por sus Asambleas Provinciales y Distritales, y dentro de los precandidatos al Congreso de la República para la región Lambayeque únicamente figuraba Mavila Esther Vásquez Díaz, sin considerar su participación como precandidato ni la de Germán Preciado Ruiz.

- Por ello, su personero legal, vía correo electrónico, solicitó al Comité Electoral Central que lo incluya como precandidato, así como a Germán Preciado Ruiz, sin embargo, no recibió respuesta alguna. Asimismo, a través de una conferencia de prensa, el Comité Regional expresó su malestar con las decisiones adoptadas por la dirigencia nacional, puesto que no respetaron su proceso de democracia interna y, en señal de protesta, el 14 de enero de 2016, Germán Preciado Ruiz renunció a su precandidatura.

- De acuerdo con el cronograma electoral, el 15 de enero de 2016, se realizó el...

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