ORDENANZA, Nº 003-2016/MDPN, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA - Ordenanza que establece el descuento sobre los Arbitrios Municipales 2016-ORDENANZA-Nº 003-2016/MDPN
Fecha de disposición | 30 Enero 2016 |
Fecha de publicación | 12 Febrero 2016 |
ORDENANZA N° 003-2016/MDPN
Punta Negra, 30 de enero de 2016
EL ALCALDE LA MUNICIPAL DEL DISTRITAL DE PUNTA NEGRA
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Punta Negra, en Sesión Ordinaria de Concejo N° 2 de la fecha, y;
VISTOS:
El Informe N° 002-2016-SGRRFT-GAT-MDPN del 15 de enero de 2016, emitido por la Subgerencia de Recaudación, Registro y Fiscalización Tributaria; el Informe N° 013-2016-GAT/MDPN del 22 de enero de 2016, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe N° 012-2016-SGyAJ/MDPN del 26 de enero de 2016, emitido por la Secretaría General y Asesoría Jurídica; el Dictamen N° 002-2016 del 27 de enero de 2016 emitido por la Comisión de Administración, Finanzas y Tributaria, y;
CONSIDERANDO:
Que, sobre los gobiernos locales, el artículo 74° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 28390, establece que aquellos pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción, y con los límites que señala la ley, en concordancia con lo dispuesto en el numeral 4) del artículo 195° de dicho cuerpo legal y en el artículo 60° del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF;
Que, el artículo 40° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades establece que las ordenanzas municipales son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa de la comuna, en las materias de su competencia. A través de ellas, se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa;
Que, el numeral 9) del artículo 9º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal crear, modificar, suprimir o exonerar contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a Ley.
Que, conforme a lo establecido en la Norma IV del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-13-EF, los gobiernos locales, mediante ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley;
Que, mediante Ordenanza 016-2015-MDPN...
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