RESOLUCION, Nº 007-2016-GRA/GGR, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA - Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado Peruano de terrenos eriazos ubicados en las provincias de Caravelí e Islay, departamento de Arequipa-RESOLUCION-Nº 007-2016-GRA/GGR

Fecha de disposición12 Febrero 2016
Fecha de publicación12 Febrero 2016

VISTOS:

Los Informes Nros. 2652 y 2668-2015-GRA/OOT y el Informe Técnico Legal Nº 041-2015-GRA/OOT, expediente Nº 2015-15734, respecto al procedimiento de Primera Inscripción de Dominio en favor del Estado de seis terrenos eriazos de dominio privado siendo los siguientes: el Primero de: 240.4559 Has, el Segundo de: 210.3086 Has, el Tercero de: 36.2233 Has, el Cuarto de: 32.2396 Has, el Quinto de: 126.5254 Has y el Sexto de: 114.0693 todos ubicados en el Distrito de Cocachacra, Provincia de Islay, Departamento de Arequipa, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 62º de la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respecto a funciones en materia de administración y adjudicación de terrenos de propiedad del Estado, señala en el inc.b), que es función de los Gobiernos Regionales:

b) Realizar los actos de inmatriculación, saneamiento, adquisición, enajenación, administración y adjudicación de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdicción, con excepción de los terrenos de propiedad municipal.

Que, en virtud de lo establecido en la Resolución Gerencial Nº 045-2006-CND/GTA y Acta de Transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales, de fecha 26 de mayo de 2006, se ha concretado la transferencia de funciones al Gobierno Regional de Arequipa las que se encuentran establecidas en los, incisos a), b) y c) del artículo 62 de la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

Que, la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y sus modificatorias, establecen las normas que regulan el ámbito, organización, atribuciones y funcionamiento del Sistema Nacional de Bienes Estatales.

Que, el artículo 38º del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, señala:

Artículo 38.- Del procedimiento de aprobación

La primera inscripción de dominio de predios estatales, sin perjuicio de lo...

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