RESOLUCION, Nº 003-2016-GDSLCP/MVMT, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO - Declaran la nulidad de oficio de resolución ficta que aprueba silencio administrativo positivo-RESOLUCION-Nº 003-2016-GDSLCP/MVMT

Fecha de disposición26 Enero 2016
Fecha de publicación07 Febrero 2016

Villa María del Triunfo, 26 de enero de 2016.

GERENCIA DE DESARROLLO SOCIAL Y LUCHA CONTRA LA POBREZA DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO.

VISTO:

El expediente Nº 011800 (Anexo Nº 000047) presentado por el administrado Félix Roberto Sandoval LLontop, sobre el pedido de Silencio Administrativo Positivo, invocado en el Expediente Nº 011800,sobre inscripción, reconocimiento y registro de la Asociación de Vivienda “Márgenes del Sol” en el Registro Único de Organizaciones Sociales.

CONSIDERANDO:

Que, mediante informe Nº 19-2016-SGPV/MVMT, de fecha 25 de Enero de 2016, la Sub-Gerencia de Participación Vecinal, informa que con fecha 11 de Enero de 2016, el administrado Félix Roberto Sandoval LLontop interpone el pedido de Silencio Administrativo Positivo sobre la inscripción, reconocimiento y registro de la Asociación de Vivienda “Márgenes del Sol”, así mismo, sugiere a la Gerencia de Desarrollo Social y Lucha contra la Pobreza que se debe Declarar la Nulidad de Oficio de la Resolución ficta que concede el Silencio Administrativo Positivo del Expediente Nº 011800 (Anexo Nº 000047-2016).

Que, mediante expediente Nº 011800-2015 de fecha 12 de Octubre de 2015 el administrado Félix Roberto Sandoval presenta el expediente solicitando la inscripción, reconocimiento y registro de la Asociación de Vivienda “Márgenes del Sol” como Organización Social en el Registro Único de Organizaciones Sociales, señalando como domicilio en la Avenida José C. Mariátegui – manzana A- lote 2 del Asentamiento Humano “ 14 de Enero “, así mismo acompaña copias fedateadas de la Asamblea General de Constitución, estatutos, registro de padrón de socios.

Que, de la revisión del expediente se puede apreciar además, el informe Nº 610-2015-SGPUCOPHU-GDU/MDVMT de fecha 17 de Noviembre del 2015 mediante el cual el Sub Gerente de Planeamiento Urbano, Catastro, Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas, adjunta el Informe Nº 218-2015-DACV-SGPUCOPHU-GDU/MVMT emitido por el Técnico de Catastro Diego Chang Vargas, de fecha 05 de Noviembre de2015, mediante el cual informa que:“La Asociación de Vivienda MÁRGENES DEL SOL” se encuentra ubicada, en zona de Reglamentación Especial (ZRE) y zona de Protección y Tratamiento Paisajista (PTP) de conformidad a la Ordenanza Nº 1084-MML .Mediante la cual, la Municipalidad Metropolitana de Lima aprueba el Reajuste Integral de la Zonificación de los USOS DE SUELO del Distrito de San Juan de Miraflores y Villa María del Triunfo, cuyo artículo 8º “Prohíbe la ocupación de áreas calificadas como Zona de Protección y Tratamiento Paisajista”.

Que, con fecha 8 de Enero de 2016 se emite la Resolución Nº 043-2016 de la Sub-Gerencia de Participación Vecinal, en la cual se declara Improcedente la solicitud de reconocimiento, inscripción y registro de la” Asociación de Vivienda Márgenes del Sol”-zona de José...

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