ORDENANZA, Nº 220-GRJ/CR, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN - Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones ROF de la Dirección Regional de Salud-ORDENANZA-Nº 220-GRJ/CR

Fecha de disposición06 Febrero 2016
Fecha de publicación06 Febrero 2016

POR CUANTO:

El Consejo Regional de Junín en Sesión Ordinaria celebrada el 01 día del mes de diciembre de 2015, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional de Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; y demás Normas Complementarias.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Estado modificado por Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título VI, establece: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”;

Que, el artículo 9 de la Ley de Bases de la DescentralizaciónLey Nº 27783, establece las dimensiones de las autonomías políticas, administrativas y económicas de los Gobiernos Regionales y en su inciso 9.2) especifica que la economía administrativa, es la facultad de organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad;

Que, los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las entidades del Estado, deben cumplir con su propósito de ser documentos compiladores, informativos y simplificadores de los procedimientos administrativos que tramitan los administrados ante las distintas instancias de las entidades del Estado pues esto constituye de gestión, cuya elaboración debe realizar sobre la base de criterio de simplicidad y flexibilidad en un contexto de uso racional de los recursos públicos y de mejora en calidad de atención al administrado;

Que, el articulo 37 y 38 de la Ley de Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444, establece que todas las entidades elaboran o gestionan la aprobación y difusión del Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Salud de Junín; asimismo, el numeral 38.1 del ordenamiento jurídico predicho, señala que el Reglamento de Organización y Funciones debe ser aprobado por la norma de máximo nivel de las autoridades regional, y el numeral 38.3 se dispone la publicación de la misma;

Que, con Informe Legal Nº 174-2014-GRJ-DRSJ-OAJ, el Jefe de la...

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