RESOLUCION, Nº 000067, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO - Conforman y establecen funciones del Comité Técnico Ejecutivo Regional (ETER) y el Comité Consultivo Regional (CCR) para la implementación del Programa Educativo denominado “Valores y Disciplina Escolar en los Colegios de la Región Callao”-RESOLUCION-Nº 000067
Fecha de disposición | 11 Enero 2016 |
Fecha de publicación | 04 Febrero 2016 |
Sección | Sección Única |
Callao, 11 de enero de 2016
EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
VISTO:
El Oficio N 430-2016-DGP-DREC de fecha 06 de Enero de 2016 emitido por el Director Regional de Educación del Callao; el Informe Nº 0095-2016-DGP-DREC de fecha 05 de enero de 2016 emitido por la Especialista de la Dirección de Gestión Pedagógica de la Dirección Regional de Educación del Callao; el Informe Nº 001-2016-GRC/GRECyD-MMZ de fecha 07 de enero de 2016 emitido por la profesional de la Gerencia Regional de Educación, Cultura y Deporte; el Informe Nº 007-2016-GRC/GRECyD de fecha 07 de enero de 2016 emitido por la Gerencia Regional de Educación, Cultura y Deporte; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV y del Título IV, concordante con el Artículo 31º de la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, señala que: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...)”;
Que, el artículo 5º, concordante con el artículo 45º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley N 27867 establece que la misión de los gobiernos regionales es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región;
Que, el artículo 47º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sobre las funciones en materia de educación, cultura, ciencia, tecnología, deporte y recreación, señala lo siguiente: a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar y administrar las políticas regionales de educación, cultura, ciencia y tecnología deporte y recreación de la región; b) Diseñar, ejecutar y evaluar el proyecto educativo regional, los programas de desarrollo de la cultura, ciencia y tecnología y el programa de desarrollo del deporte y recreación de la región, en concordancia con la política educativa nacional; c) Diversificar los currículos nacionales incorporando contenidos significativos de su realidad socio cultural económico, productiva y ecológica y respondiendo a las necesidades e intereses de los educandos; q) Fomentar y participar en el diseño, ejecución y evaluación de proyectos de investigación, experimentación e innovación educativa que aporten al desarrollo regional y al mejoramiento de la calidad de servicio educativo;
Que, el inciso a) del artículo 9º de la Ley Nº 28044 Ley General de Educación establece como uno de los fines de la educación peruana, formar personas capaces de lograr su realización ética, intelectual, artística, cultural, afectiva, física, espiritual y religiosa promoviendo la formación y consolidación de su identidad y autoestima y su integración adecuada y critica a la sociedad para el ejercicio de la ciudadanía en armonía con su entorno, así como el desarrollo de sus capacidades y habilidades para vincular su vida con el mundo del trabajo y para afrontar los incesantes cambio en la sociedad y el conocimiento;
Que, mediante Oficio de vistos, el Director de la Dirección Regional de Educación remite el proyecto de Resolución Ejecutiva Regional sobre la conformación del Comité Técnico...
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