DECRETO DE ALCALDIA, Nº 001-2016/MDSM, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL - Reajustan los términos porcentuales de los derechos de tramitación en contenidos en el TUPA de la Municipalidad en función al nuevo valor de la UIT-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 001-2016/MDSM

Fecha de disposición26 Enero 2016
Fecha de publicación02 Febrero 2016

San Miguel, 26 de enero de 2016

EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL;

VISTOS, el memorando Nº 009-2016-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, el informe Nº 006-2016-GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos y el informe Nº 010-2016-GPP/MDSM elaborado por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme al artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la ley Nº 27680 y ley Nº 30305, Leyes de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el numeral 38.5 del artículo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incrementos de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar en el caso de los gobiernos locales, mediante Decreto de Alcaldía, debiendo publicarse la modificatoria en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE, y en el Portal Institucional;

Que, mediante Ordenanza Nº 274/MDSM se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos y Servicios prestados en Exclusividad (TUPA) de la Municipalidad Distrital de San Miguel, ordenanza que fue ratificada mediante Acuerdo de...

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