SALUD RESOLUCION MINISTERIAL Nº 875-2007/MINSA - Aprueban regularizaciOn de adquisiciones y contrataciones realizadas por el Hospital de Emergencias JosE Casimiro Ulloa RESOLUCION MINISTERIAL Nº 875-2007/MINSA

Fecha de disposición24 Octubre 2007
Fecha de publicación24 Octubre 2007
SecciónSección Única
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 24 de octubre de 2007 355909
“Mujeres Empresarias rumbo APEC 2008”, que se llevará
a cabo en la ciudad de Lima, del 26 al 27 de octubre de
2007.
CONSIDERANDO:
Que, la ciudad de Lima es sede del I Encuentro
Internacional: “Mujeres Empresarias rumbo APEC 2008”,
que se llevará a cabo del 26 al 27 de octubre de 2007, el
cual viene siendo organizado por el Ministerio de la Mujer
y Desarrollo Social;
Que, el mencionado evento tiene como objetivos, entre
otros, difundir la importancia del APEC, las oportunidades
de mercado y de cooperación para el desarrollo en el
marco de la Presidencia del Perú para el APEC 2008,
promoviendo la participación de las mujeres líderes;
Que, proporcionará información y oportunidades
para mejorar capacidades y potenciar las actividades
económicas de las mujeres en el mercado internacional;
Que, promoverá el diálogo e intercambio de
experiencias exitosas entre mujeres empresarias peruanas
y extranjeras, identicando las necesidades y barreras
de las mujeres empresarias en relación al mercado
internacional y reforzará, a su vez, la Agenda Nacional de
las mujeres empresarias;
De conformidad con los artículos 1º y 2º del Decreto
Supremo Nº 001-2001-RE, de 3 de enero de 2001 y el
inciso m) del artículo del Decreto Ley Nº 26112, Ley
Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 29 de
diciembre de 1992;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Ocializar el evento I Encuentro
Internacional: “Mujeres Empresarias rumbo APEC 2008”,
que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, del 26 al 27 de
octubre de 2007.
Artículo Segundo.- La presente Resolución no irroga
gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de
Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELUNDE
Ministro de Relaciones Exteriores
121389-2
SALUD
Aprueban regularización de adquisiciones
y contrataciones realizadas por el Hospital
de Emergencias José Casimiro Ulloa
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 875-2007/MINSA
Lima, 19 de octubre del 2007
VISTO: los Oficios Nº 826-DE-HEJCU-2007 y Nº
519-DE-Nº 032-ODA-HEJCU-2007 de la Dirección
Ejecutiva del Hospital de Emergencias Casimiro Ulloa,
el Informe Técnico 347-OL-HEJCU-2007, que
sustenta la exoneración de la realización de procesos
de selección por causal de situación de emergencia, la
adquisición y contratación de diversos bienes y servicios
destinados a atender la emergencia originada por el
sismo del pasado 15 de agosto ocurrido en nuestro
país; así como el Informe Legal N° 1949-2007-OGAJ/
MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica del
Ministerio de Salud; y,
CONSIDERANDO:
Que, el literal c) del artículo 19º del Texto Único
Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-
PCM, establece que están exoneradas de los procesos
de selección las adquisiciones y contrataciones que se
realicen en situación de emergencia declaradas según la
citada Ley;
Que, de conformidad con el artículo 22º de la
mencionada norma, se entiende como situación de
emergencia aquella en la cual la Entidad tenga que
actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos
catastrócos, quedando la Entidad exonerada de la
tramitación del expediente administrativo, pudiendo ordenar
la ejecución de lo estrictamente necesario para remediar el
evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida,
sin sujetarse a los requisitos formales de la Ley;
Que, el artículo 142º del Reglamento de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por
Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, señala que la Entidad
debe adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente
necesario para prevenir y atender desastres, así como
para satisfacer las necesidades sobrevivientes, después
de lo cual deberá convocar a los procesos de selección
que correspondan;
Que, el artículo 142º señala que toda contratación o
adquisición realizada para enfrentar una situación de
emergencia deberá regularizarse dentro de los diez (10)
días hábiles siguientes a la nalización del evento que
la produjo, incluyendo el proceso en el Plan Anual de
Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, publicando
la Resolución correspondiente, remitiéndolo junto con el
informe técnico legal sustentatorio, a la Contraloría General
de la República y al Consejo Superior de Contrataciones
y Adquisiciones del Estado- CONSUCODE, así como
emitiendo los demás documentos contractuales que
correspondan según el estado de ejecución de las
prestaciones;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM
se declaró en Estado de Emergencia el departamento de
Ica y la provincia de Cañete del departamento de Lima,
por el plazo de sesenta (60) días naturales, disponiéndose
que el Ministerio de Salud, entre otros, ejecute las
acciones necesarias para la atención de la emergencia y
la rehabilitación de las zonas afectadas;
Que, por Decreto Supremo 071-2007-PCM
se amplía el Estado de Emergencia dispuesto en el
Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM, a las provincias
de Castrovirreyna, Huaytará y el distrito de Acobambilla
de la provincia de Huancavelica del departamento de
Huancavelica, así como a los distritos de Huatec y Tupe
de la provincia de Yauyos del departamento de Lima, a n
de que se ejecuten las acciones inmediatas destinadas a
la atención de la población damnicada, a la reducción y
minimización de los riesgos existentes y la rehabilitación
de las zonas afectadas;
Que, con Resolución Ministerial Nº 665-2007/MINSA
del 16 de agosto de 2007, se declaró la Alerta Roja en
los Establecimientos de Salud a Nivel Nacional a partir
de la fecha por el plazo de sesenta (60) días naturales.
Asimismo, se dispuso que cada Dirección Regional de
Salud de conformidad a la Directiva de Declaración de
Alertas en Situaciones de Emergencias y Desastres,
incremente la Alerta Roja al nivel que corresponda a la
situación dentro de su jurisdicción;
Que, por Circular Nº 152-2007-OGA-MINSA del 17 de
agosto de 2007, el Director General de Administración
informó que conforme a los hechos acontecidos en
el país, se ha congurado la causal de situación de
emergencia, por lo que las Entidades Públicas en
general, quedan exoneradas de la tramitación del
expediente administrativo para las contrataciones y/o
adquisiciones destinadas a la atención de la emergencia
y rehabilitación de las zonas afectadas por el desastre.
En ese sentido, facultó a los hospitales e institutos
bajo el ámbito del Ministerio de Salud para que bajo
su responsabilidad, adquieran los bienes y servicios
que sean estrictamente necesarios para la atención
de la emergencia e informar inmediatamente para que
el Ministerio de Salud proceda a emitir la Resolución
Ministerial correspondiente dentro de los diez (10) días
posteriores al evento que la produjo;
Que, mediante Circular 156-2007-OGA-MINSA
del 24 de agosto de 2007, el Director General de
Administración solicitó la remisión de la documentación de
las contrataciones y/o adquisiciones que se hayan realizado
con ocasión de la situación de emergencia originada por el
sismo del pasado 15 de agosto;
Que, con Ocio Nº 826-DE-HEJCU-2007 del 29 de
agosto de 2007, la Directora Ejecutiva (e) del Hospital
de Emergencias José Casimiro Ulloa remitió el Informe
Nº 330-OL-HEJCU-2007 en el que se señala que su
Entidad ha realizado adquisiciones de material médico
para las intervenciones de los pacientes afectados por
la suma de S/. 32 301.50 (Treinta y Dos Mil Trescientos
Uno con 50/100 Nuevos Soles). Asimismo, comunicó la

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