INTERIOR RESOLUCION SUPREMA Nº 065-2007-IN/PNP - Reasignan a Oficiales Generales PNP en diversos cargos RESOLUCION SUPREMA Nº 065-2007-IN/PNP

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición10 de Octubre de 2007
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 10 de octubre de 2007
355132
especializado, que acompañe y apoye a la delegación
peruana, cautelándose así, de forma más eciente, los
intereses del Estado Peruano;
Que, en ese sentido y de acuerdo a lo solicitado por la
Dirección General de Hidrocarburos, se ha considerado
que el especialista a contratar, debe ser un experto
en el tema de los Derechos Humanos y el Derecho
Constitucional, así como contar con una reconocida e
intachable trayectoria en el ejercicio profesional, y de
preferencia tener experiencia como Magistrado en la
Corte Interamericana de Derechos Humanos – CIDH y,
ostentar el grado académico de Doctor;
Que, sobre el particular, el literal f) del artículo 19º
del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo
083-2004-PCM, señala que están exoneradas
de los procesos de Licitación Pública, Concurso
Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las
adquisiciones y contrataciones que se realicen para
servicios personalísimos, de acuerdo a lo que establezca
su Reglamento;
Que, en este sentido, el artículo 145º del Reglamento
de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,
aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM,
señala que cuando exista la necesidad de proveerse
de servicios especializados profesionales, artísticos,
cientícos o tecnológicos; procede la exoneración por
servicios personalísimos para contratar con personas
naturales o jurídicas notoriamente especializadas
siempre que su destreza, habilidad, experiencia
particular y/o conocimientos evidenciados, apreciados
de manera objetiva por la Entidad, permitan sustentar
de modo razonable e indiscutible su adecuación para
satisfacer la complejidad del objeto contractual y
haga inviable la comparación con otros potenciales
proveedores;
Que, en atención a lo estipulado en el Informe
Técnico del visto, se tiene que el Doctor Francisco
Eguiguren Praeli, reúne las características profesionales
y la experiencia necesaria para que apoye en la defensa,
en forma eciente, de los intereses del Estado, dado que
cuenta con una amplia experiencia como asesor jurídico y
consultor en temas de Derecho Constitucional y Derechos
Humanos, habiendo prestado asesoría especializada
a distintas entidades públicas, además de haber
participado como Magistrado en la Corte Interamericana
de Derechos Humanos – CIDH. Asimismo, cuenta con
amplia experiencia en la elaboración y evaluación de
distintos proyectos de cooperación internacional, siempre
relacionados al campo de los Derechos Humanos y al
Derecho Constitucional;
Que, en ese sentido, por sus condiciones y
características personales, se sustenta razonable e
indiscutiblemente, la contratación del Doctor Francisco
Eguiguren Praeli, como especialista para encargarse del
apoyo en la defensa de los intereses del Estado Peruano,
ante las medidas cautelares interpuestas en la CIDH, por
AIDESEP;
Que, en el ejercicio de las facultades de delegación
contenidas en el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por
Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; y sus modicatorias;
resulta conveniente delegar, en la Ocina General de
Administración, la facultad de aprobar el expediente
correspondiente al proceso exonerado bajo la modalidad
de servicios personalísimos a que se reere la presente
Resolución;
Que, de conformidad con el artículo 7° del TUO de
la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,
cada Entidad elaborará un Plan Anual de Adquisiciones
y Contrataciones, que debe prever los bienes, servicios y
obras que se requerirán durante el ejercicio presupuestal
y el monto del presupuesto requerido. El Plan Anual de
Adquisiciones y Contrataciones será aprobado por el
Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de
la Entidad;
En virtud de lo dispuesto por el Texto Único Ordenado
de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,
aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM; su
Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-
2004-PCM y sus modicatorias; y el Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Energía y
Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM;
y sus modicatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Incluir en el Plan Anual de Adquisiciones
y Contrataciones de la Unidad Ejecutora N° 001-MEM
Central del Ministerio de Energía y Minas, aprobado
mediante Resolución Ministerial N° 029-2007-MEM/DM,
y sus modicatorias, la contratación de un especialista
para que apoye en la defensa del Estado Peruano
ante las medidas cautelares interpuestas, ante la Corte
Interamericana de Derechos Humanos – CIDH., por la
Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana
– AIDESEP.
Artículo 2º.- Aprobar la exoneración de la Adjudicación
Directa Selectiva para la contratación de un especialista
para que apoye en la defensa del Estado Peruano
ante las Medidas Cautelares interpuestas ante la Corte
Interamericana de Derechos Humanos – CIDH”, en la
modalidad de servicios personalísimos, y así, contratar
en forma directa y mediante acciones inmediatas, al
Doctor Francisco Eguiguren Praeli.
Artículo 3º.- Encargar a la Ocina General de
Administración la aprobación del expediente de
exoneración del mencionado Proceso de Selección bajo
la modalidad de servicios personalísimos.
Artículo 4º.- La contratación a la que se reere el
artículo precedente será realizada la Ocina de Logística
de la Ocina General de Administración, por el monto de
S/. 48 500.00 (Cuarenta y Ocho Mil Quinientos y 00/100
Nuevos Soles), monto que incluye todos los impuestos
de ley, y demás gastos que se irroguen, con cargo a
la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente
Recaudados, por un plazo de hasta treinta (30) días
naturales.
Artículo 5º.- Disponer que la Ocina General de
Administración remita copia de la presente Resolución
y de los Informes del Visto a la Contraloría General de
la República y al Consejo Superior de Contrataciones
y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE, dentro
del plazo de diez (10) días hábiles de su emisión;
adicionalmente, deberá publicarla a través del
SEACE.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN VALDIVIA ROMERO
Ministro de Energía y Minas
118000-1
INTERIOR
Reasignan a Oficiales Generales PNP
en diversos cargos
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 065-2007-IN/PNP
Lima, 9 de octubre de 2007
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 1 del artículo 20° de la Ley N° 28857,
Ley del Régimen de Personal de la Policía Nacional del
Perú, establece que las asignaciones y reasignaciones
en el cargo se producen por disposición del Jefe Supremo
de la Policía Nacional del Perú;
Que, el numeral 19.7 del artículo 19° de la Ley
N° 28857, en concordancia con el Artículo 8° de la misma
norma, se determina que el cargo se asigna mediante
Resolución Suprema, para Ociales Generales Policías
y de Servicios;

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