CONTRALORIA GENERAL RESOLUCION Nº 342-2007-CG - Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de delitos en agravio de la Municipalidad Distrital de Vitor, ESSALUD y la Municipalidad Provincial del Callao RESOLUCION Nº 342-2007-CG

Fecha de disposición17 Octubre 2007
Fecha de publicación17 Octubre 2007
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 17 de octubre de 2007
355532
correspondiendo en tal sentido, autorizar a la Procuradora
Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría
General de la República para que impulse las acciones
legales pertinentes contra los presuntos responsables
comprendidos en el Informe de Visto;
De conformidad con el literal d) del artículo 22º de la
Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Control y de la Contraloría General de la República y el
Decreto Ley Nº 17537 y sus modicatorias,
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora
Pública encargada de los asuntos judiciales de la
Contraloría General de la República, para que en nombre
y representación del Estado, inicie las acciones legales
correspondientes por los hechos expuestos en la parte
considerativa de la presente resolución, contra los
presuntos responsables comprendidos en el Informe de
Visto, remitiéndosele para el efecto los antecedentes
correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GENARO MATUTE MEJÍA
Contralor General de la República
120290-1
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA
Nº 341-2007-CG
Lima, 15 de octubre de 2007
VISTO, el Informe Especial Nº 170-2007-CG/SSO,
resultante del Examen Especial efectuado al Seguro
Social de Salud - EsSalud, período Enero 2006 – Junio
2006, incluyendo operaciones anteriores y posteriores,
relacionados con los objetivos de la citada acción de
control;
CONSIDERANDO:
Que, la Contraloría General de la República dispuso
la ejecución de un Examen Especial al Seguro Social
de Salud - EsSalud, con la nalidad de establecer si
las contrataciones y adquisiciones realizadas entre el
1.Ene.2006 al 30.Jun.2006, a través de la exoneración
autorizada mediante la Resolución de Presidencia
Ejecutiva N° 272-PE-ESSALUD-2006 del 03.May.2006,
así como las compras delegadas y locales de medicinas
y material médico, están justicadas, se han efectuado
en el marco de las disposiciones legales vigentes y si han
permitido a la entidad obtener bienes en la oportunidad,
calidad y costos requeridos;
Que, como resultado de la acción de control
practicada, la Comisión de Auditoría ha determinado que
los funcionarios encargados de cautelar la ejecución del
Contrato de Suministro “Adquisición de Medicamentos”
del 6.Ene.2006 para la adquisición de 92 268 ampollas
de Vancomicina 500 mg. soslayaron la aplicación de las
penalidades establecidas en la normativa vigente, por
el incumplimiento parcial en la entrega del producto,
asimismo, se obvió adoptar las acciones necesarias
para la resolución del contrato, al haberse alcanzado
el límite de penalidad por mora, así como para la
ejecución de la garantía de el cumplimiento y para
el resarcimiento por los daños y perjuicios derivados
del costo adicional de los medicamentos adquiridos
para paliar el desabastecimiento ocasionado por la
entrega de medicamentos defectuosos, afectando
económicamente a la entidad por el monto de S/. 264
633,86; hechos que constituyen indicios razonables que
hacen presumir la comisión del delito de Negociación
Incompatible, previsto y penado en el artículo 399º del
Que, asimismo, se ha determinado que el citado
proveedor inició un proceso arbitral alegando que
había cumplido con los términos del contrato, siendo
que los funcionarios encargados de asumir la defensa
de la entidad en el proceso omitieron formular en
la contestación de la demanda las pretensiones
necesarias para reparar el perjuicio ocasionado a
EsSalud; omitiendo evidenciar el incumplimiento
en la entrega de medicinas, así como estimar las
contingencias económicas por la falta de aplicación
de penalidades, la ejecución de la garantía de el
cumplimiento y la procedencia de una indemnización
por daños y perjuicios por costos adicionales;
adicionalmente, la defensa de la entidad omitió asistir a
la Audiencia de Conciliación y Determinación de Puntos
Controvertidos, así como a la Audiencia de Informes
Orales, incumpliendo las funciones establecidas en
los instrumentos de gestión de la entidad; hechos
que constituyen indicios razonables que hacen
presumir la comisión del delito de Omisión de Deberes
Funcionales, previsto y penado en el artículo 377º del
Que, de acuerdo con lo establecido en el literal
d) del artículo 22º de la Ley N° 27785, Ley Orgánica
del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría
General de la República, constituye atribución de este
Organismo Superior de Control, disponer el inicio de
las acciones legales pertinentes en forma inmediata,
por parte del Procurador Público, en los casos que
en la ejecución directa de una acción de control se
encuentre daño económico o presunción de ilícito
penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora
Pública encargada de los asuntos judiciales de la
Contraloría General de la República, el inicio de las
acciones legales respectivas contra los presuntos
responsables comprendidos en el Informe de Visto;
De conformidad con el artículo 22º literal d) de la
Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Control y de la Contraloría General de la República y
el Decreto Ley N° 17537 y sus modicatorias;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora
Pública encargada de los asuntos judiciales de la
Contraloría General de la República, para que en nombre
y representación del Estado, inicie las acciones legales
correspondientes, por los fundamentos expuestos en la
parte considerativa de la presente resolución, contra los
presuntos responsables comprendidos en el Informe de
Visto, remitiéndosele para el efecto los antecedentes del
caso.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GENARO MATUTE MEJÍA
Contralor General de la República
120290-2
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA
Nº 342-2007-CG
Lima, 15 de octubre de 2007
VISTO; el Informe Especial 172-2007-CG/
OEA, resultante del Examen Especial efectuado a las
Concesiones “Vía Expresa del Callao y Relleno Sanitario
La Cucaracha” de la Municipalidad Provincial del Callao,
y;
CONSIDERANDO:
Que, la Contraloría General de la República, a través
del Ocio N° 2421-2006-CG/DC de 14.Dic.2006 asumió
la acción de control iniciada por el Órgano de Control
Institucional de la Municipalidad Provincial del Callao,
con relación a las concesiones aludidas;
Que, como resultado de la acción de control
practicada, de la evaluación a la documentación
proporcionada sobre la concesión de la “Vía Expresa

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