MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA ORDENANZA Nº 017-2007-CDB - Establecen beneficio de regularizaciOn de licencia de construcciOn para predios que cumplan con las normas de construcciOn vigentes ORDENANZA Nº 017-2007-CDB

Fecha de disposición12 Octubre 2007
Fecha de publicación12 Octubre 2007
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 12 de octubre de 2007
355266
personas que integran los Comités de Vigilancia y Control, son
cuatro (4);
Que, siendo el Instructivo una norma de menor
jerarquía que una ordenanza, para una mejor disposición
técnico legal, coherente con las disposiciones emitidas por
el Gobierno Central, se debe modicar el Artículo 16° del
Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo 2008,
establecido mediante la Ordenanza N° 063-MDSL; con
ecacia anticipada al 10 de junio de 2007, en razón que la
ordenanza se publicó en esa fecha;
Estando a lo señalado en el Informe N° 111-2007-MDSL-
GM, de fecha 27-09-2007, elaborado por la Gerencia Municipal,
en uso de las facultades contenidas en el numeral 8 y 14) del
Artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley
27972 luego del debate correspondiente en Sesión Ordinaria de
la fecha, con la Dispensa de Dictamen de Comisión, del Trámite
de Lectura y aprobación del Acta, por Unanimidad con los
aportes del pleno del Concejo Municipal se aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN
DEL ARTÍCULO 16° DEL REGLAMENTO DEL PROCESO
DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL AÑO
FISCAL - 2008
Artículo Primero.- APROBAR la modicación del
Artículo 16° del Reglamento del Proceso del Presupuesto
Participativo 2008, consistiendo en que debe considerarse a
cuatro ( 4) miembros. Con ecacia anticipada al 10 de junio
de 2007, por las consideraciones antes expuestas.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a Secretaria General
la publicación en el Diario Ocial El Peruano de la presente
Ordenanza de acuerdo a Ley, y la difusión en el Portal
Electrónico de la Municipalidad Distrital de San Luis.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
FERNANDO DURAND MEJIA
Alcalde
118113-1
MUNICIPALIDAD DE SAN
MARTIN DE PORRES
Establecen requisitos para el III
Matrimonio Civil Comunitario aprobado
mediante Ordenanza Nº 230-MDMSP
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 015-2007-MDSMP
San Martín de Porres, 28 de septiembre del 2007
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SAN MARTÍN DE PORRES
VISTO: La Ordenanza Nº 230-MDSMP, y el Informe
Nº 362-2007-GSyPS/MDSMP de la Gerencia de Servicios y
Programas Sociales; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 230-MDSMP de fecha
20.09.2007, se ha autorizado la celebración del III MATRIMONIO
CIVIL COMUNITARIO en el distrito de San Martín de Porres, a
realizarse el día 27 de octubre del 2007;
Que, el Artículo Tercero de la citada Ordenanza faculta
al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía
dicte las disposiciones complementarias y reglamentarias
necesarias para su adecuado cumplimiento;
Que, siendo necesario establecer los requisitos que
deben cumplir los contrayentes así como otorgar la Dispensa
de la Publicación de los Edictos con arreglo a Ley, debe
expedirse el presente Decreto a efectos de cumplir con los
objetivos de la Ordenanza Nº 230-MDSMP;
En uso de las facultades conferidas por el Artículo
20º numeral 6 y el Artículo 42º de la Ley Orgánica de
Municipalidades – Ley Nº 27972;
DECRETA:
Artículo Primero.- ESTABLECER como requisitos del
III MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO aprobado por la
Ordenanza Nº 230-MDMSP, los siguientes:
1) Partida de Nacimiento original y actualizada (2006)
de ambos contrayentes.
2) DNI de ambos contrayentes originales y copia
autenticada por el Fedatario Municipal
3) Declaración Notarial de dos testigos (NO
FAMILIARES) respecto a Estado Civil de los contrayentes,
acompañando Documentos de Identidad en original y copia
autenticada por el Fedatario de la Entidad.
4) Declaración Jurada de Domicilio de los contrayentes
y/o recibo de luz o agua si está a nombre de los
contrayentes.
5) Fotografía reciente a color tamaño pasaporte de
ambos contrayentes.
6) Certicado Médico Prenupcial y Consejería de SIDA.
7) Pago único de Sesenta y 00/100 Nuevos Soles
(S/.60.00).
8) En caso de menores, divorciados, viudos y extranjeros,
deben adjuntar los otros requisitos exigidos por Ley, para lo
cual deberán apersonarse a la ocina de Registro Civil.
Artículo Segundo.- ESTABLECER hasta el miércoles
24 de octubre del 2007 como último día de inscripción y
recepción de documentos para participar del III Matrimonio
Civil Comunitario.
Artículo Tercero.- DISPENSAR a los Contrayentes del
III Matrimonio Civil Comunitario, de la Publicación de los
Edictos Matrimoniales conforme al Artículo 252º del Código
Civil.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
FREDDY S. TERNERO CORRALES
Alcalde
118272-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE
BELLAVISTA
Establecen beneficio de regularización
de licencia de construcción para
predios que cumplan con las normas
de construcción vigentes
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 017-2007-CDB
Bellavista, 28 de setiembre de 2007
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE BELLAVISTA
POR CUANTO:
EL CONCEJO DISTRITAL DE BELLAVISTA, en la
estación de Orden del Día de la Sesión Ordinaria celebrada
en la fecha,
CONSIDERANDO:
y el artículo II del Titulo Preliminar de la Ley
Nº 27972, Orgánica de Municipalidades, establece que los
gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el artículode la Ley Nº 27972 señala que es facultad
del Concejo Municipal, crear, modicar, suprimir o exonerar de
contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme
a Ley. Asimismo, el artículo 40º de la misma Ley precisa que
mediante Ordenanzas se crean, modican, suprimen o exoneran
los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro
de los límites establecidos por la Ley;
Que, el artículo 78º de la citada norma establece que las
autoridades municipales otorgarán las licencias de construcción,
bajo responsabilidad, ajustándose estrictamente a las normas
sobre barreras arquitectónicas y de accesibilidad; a su vez, el
artículo 79º de la misma norma, en el numeral 3, inciso 3.6, indica
que es función de la municipalidad normar, regular y otorgar
autorizaciones, derechos y licencias, y realizar scalización
de construcción, remodelación o demolición de inmuebles y
declaratorias de fábrica.

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