AGRICULTURA RESOLUCION SUPREMA Nº 033-2007-AG - Autorizan viaje de funcionario del PRONAMACHCS a Chile, para participar en seminario internacional RESOLUCION SUPREMA Nº 033-2007-AG

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición28 de Octubre de 2007
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 28 de octubre de 2007 356165
Constituyen Comisión encargada de
transferir bienes, recursos, acervo
documentario y otros del Consejo
Nacional Anticorrupción a la Oficina
Nacional Anticorrupción de la PCM
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 315-2007-PCM
Lima, 26 de octubre de 2007
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 2º del Decreto Supremo
085-2007-PCM se creó la Ocina Nacional
Anticorrupción, con carácter permanente, en la Presidencia
del Consejo de Ministros;
Que, el artículo 14º del precitado Decreto Supremo ha
dispuesto que se transera, en un plazo de 15 días, los bienes
muebles e inmuebles, recursos, acervo documentario,
derechos, obligaciones, convenios y contratos, pasivos y
activos, que tuviere el Consejo Nacional Anticorrupción a
la Ocina Nacional Anticorrupción de la Presidencia del
Consejo de Ministros;
Que, asimismo, la Segunda Disposición
Complementaria Transitoria del Decreto Supremo
Nº 085-2007-PCM, ha dispuesto que la Presidencia
del Consejo de Ministros dicte mediante Resolución
Ministerial, las normas complementarias que sean
necesarias para cumplir con lo dispuesto en dicho
Decreto Supremo;
Que, entre las medidas complementarias, resulta
pertinente dictar la constitución de una Comisión que se
encargue de ejecutar las transferencia a que se reere el
artículo 14º del Decreto Supremo Nº 085-2007-PCM;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 21292, el Decreto
Supremo Nº 085-2007-PCM y el Decreto Supremo Nº
063-2007-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Constitución de la Comisión de
Transferencia
Constituir la Comisión de Transferencia que se encargará
de transferir los bienes muebles e inmuebles, recursos,
acervo documentario, derechos, obligaciones, convenios y
contratos, pasivos y activos, que tuviere el Consejo Nacional
Anticorrupción a la Ocina Nacional Anticorrupción de la
Presidencia del Consejo de Ministros.
La Comisión estará adscrita a la Presidencia del
Consejo de Ministros.
Artículo 2º.- Integrantes de la Comisión de
Transferencia
La Comisión de Transferencia estará integrada por los
siguientes miembros:
a) La Jefa de la Ocina Nacional Anticorrupción de la
Presidencia del Consejo de Ministros, quien la presidirá;
b) El Viceministro de Justicia;
c) El Director de la Ocina General de Administración
de la Presidencia del Consejo de Ministros; y,
d) El Director General de la Ocina General de
Administración del Ministerio de Justicia.
Artículo 3°.- Plazo para ejecutar la transferencia
La Comisión de Transferencia tendrá plazo para
ejecutar la transferencia hasta el día 13 de noviembre de
2007, debiendo presentar su informe nal hasta el día 30
de noviembre de 2007.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ
Presidente del Consejo de Ministros
125522-1
AGRICULTURA
Autorizan viaje de funcionario del
PRONAMACHCS a Chile, para participar
en seminario internacional
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 033-2007-AG
Lima, 27 de octubre de 2007
VISTOS:
El Ocio 1387-2007-AG-PRONAMACHCS-GG,
del Gerente General del PRONAMACHCS, la Carta
C.623/2007 de la Embajada de Chile en el Perú, la Carta
s/n de fecha 5 de setiembre del 2007, del Representante
Regional de la Ocina Regional de la Organización de las
Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación -
FAO para América Latina y el Caribe y el Ocio Nº 504-
2007-AG-DM; y,
CONSIDERANDO:
Que, el 5 y 6 de noviembre de 2007 se llevará a
cabo en la Ocina Regional de la FAO, ubicada en
la ciudad de Santiago de Chile, Chile, el Seminario
Internacional “Políticas públicas hacia la agricultura
familiar, desarrollo territorial y gasto público rural en
América Latina”, organizado en forma conjunta entre la
FAO y el BID;
Que, el objetivo del seminario es compartir los
resultados de análisis y recomendaciones para mejorar
la efectividad de políticas y programas públicos
relacionados con la agricultura familiar (pequeña
agricultura), el desarrollo rural con enfoque territorial y
el gasto público rural en la región, cuyo evento contará
además con la participación de reconocidos expertos
y académicos relacionados con estos temas en la
región;
Que, mediante la carta s/n del 5 de setiembre de
2007, el Representante Regional de la Ocina Regional
de la FAO para América Latina y el Caribe ha extendido
invitación al Ministro de Agricultura, o a quien éste delegue
su representación, para participar en el referido seminario,
siendo cubiertos los gastos de pasajes y viáticos por la
FAO;
Que, mediante el Ocio 504-2007-AG-DM
se designó al Arq. Rodolfo Luis Beltrán Bravo,
Gerente General del Programa Nacional de
Cuencas Hidrográcas y Conservación de Suelos -
PRONAMACHCS, del Ministerio de Agricultura, para
que participe en dicho seminario en representación del
Ministerio de Agricultura;
Que, asimismo, mediante Carta C.623/2007 el Ministro
Consejero Encargado de Negocios de la Embajada
de Chile en el Perú comunica al Ministro de Agricultura
sobre las coordinaciones efectuadas para que el Gerente
General del PRONAMACHCS realice una visita a Chile
entre los días 7 al 9 de noviembre de 2007 para tratar
temas de interés de dicha institución, tales como los
vinculados con Alianzas y Acuerdos relacionados con las
Transferencias Tecnológicas con diversos organismos del
Estado chileno;
Que, dada la importancia de las reuniones con los
diversos organismos del Estado chileno por los temas
a tratar, así como por su proximidad con el seminario
antes indicado, corresponde autorizar la permanencia
del referido funcionario en la ciudad de Santiago de
Chile, entre los días 7 al 9 de noviembre de 2007 para
que participe en dichas reuniones, cuyos gastos de
permanencia serán cubiertos con cargo al presupuesto
del PRONAMACHCS;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
Nº 25902, Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 27619 y
su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-
2002-PCM y Ley Nº 28927;

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