JUSTICIA RESOLUCION MINISTERIAL Nº 383-2007-JUS - Autorizan funcionamiento del Centro de Asistencia Legal Gratuito -ALEGRA, ubicado en el distrito de Chaupimarca, provincia y regiOn de Pasco RESOLUCION MINISTERIAL Nº 383-2007-JUS

Fecha de disposición07 Octubre 2007
Fecha de publicación07 Octubre 2007
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 7 de octubre de 2007 355069
(JUSPER), como Jefe responsable de la Unidad Ejecutora Nº
2 del Pliego 006 Ministerio de Justicia, a expedir Resoluciones
Directorales y suscribir documentos complementarios,
afectando en uso, a favor de Ministerio Público, Academia de
la Magistratura, Ministerio de Justicia, Tribunal Constitucional
y Consejo Nacional de la Magistratura, los bienes muebles
adquiridos para las actividades del referido Proyecto, en
cumplimiento de los Planes Operativos Anuales, y dentro del
Marco del Convenio de Financiación Especíco celebrado
con fecha 01-02-2005, entre la Unión Europea y la República
del Perú (Convenio Nº.ALA/2004/016-897)
Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución
a la Ocina General de Economía y Desarrollo, al Director
Nacional del Proyecto Apoyo a la Reforma del Sistema de
Justicia del Perú (JUSPER) Nº ALA/2204/016-897, y a la
Superintendencia de Bienes Nacionales.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARÍA A. ZAVALA VALLADARES
Ministra de Justicia
117959-1
Autorizan funcionamiento del Centro
de Asistencia Legal Gratuito - ALEGRA,
ubicado en el distrito de Chaupimarca,
provincia y región de Pasco
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 383-2007-JUS
Lima, 5 de octubre de 2007
VISTOS, los Ocios Nºs. 2007-2007-JUS/DNJ y 355-
2007-JUS/PRP de fechas 3 de octubre de 2007, de la
Dirección Nacional de Justicia y de la Coordinadora del
Proyecto de Reforma Penitenciaria, respectivamente; y
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de Justicia tiene como una de sus
funciones centralizar, coordinar, asesorar y promover la
tutela y vigencia de los derechos humanos, vinculando al
Poder Ejecutivo con el Poder Judicial, el Ministerio Público
y otras entidades, a n de impulsar una pronta y ecaz
administración de justicia;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 323-2004-
JUS, publicada el 20 de julio de 2004, el Ministerio
de Justicia dispuso la implementación de Centros de
Asistencia Legal Gratuito - ALEGRA en todo el territorio
nacional, a través de los cuales se brindarán integralmente,
mediante una única organización, los servicios de justicia
de Defensoría de Ocio, Consultorio Jurídico Popular y
Centro de Conciliación Extrajudicial Gratuito, permitiendo
servicios de calidad y mayor acceso a la justicia;
Que, encontrándose prevista la implementación de estos
Centros en diversos lugares de la República, entre ellos en la
provincia de Pasco, resulta necesario emitir la correspondiente
Resolución Ministerial que autorice su funcionamiento;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº
25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y por el Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia,
aprobado por el Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el funcionamiento del Centro
de Asistencia Legal Gratuito - ALEGRA, ubicado en Jr.
Huamachuco Nº 223 - distrito de Chaupimarca, provincia
y región de Pasco, a través del cual se brindarán los
servicios de justicia de:
− Defensoría de Ocio.
− Consultorio Jurídico Popular.
− Centro de Conciliación Extrajudicial Gratuito.
Artículo 2º.- Conforme a los artículos 71º y 72º del
Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS que aprueba el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de Justicia y sus normas modicatorias, la Dirección
Nacional de Justicia, órgano de línea del Ministerio de
Justicia, tendrá la responsabilidad del cumplimiento de la
presente Resolución.
Artículo 3º.- Disponer que los demás órganos del
Ministerio de Justicia brinden el apoyo correspondiente
para el cumplimiento de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARÍA A. ZAVALA VALLADARES
Ministra de Justicia
117959-2
RELACIONES EXTERIORES
Aprueban inafectación del IGV e
ISC correspondientes a donaciones
efectuadas a favor de la asociación
Casa de Convivencias Juan Pablo II y
del Club de Leones de Iquitos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 1179/RE
Lima, 1 de octubre de 2007
Visto los Expedientes Nº 2080-2007 y Nº 3175-2007,
presentados por la asociación CASA DE CONVIVENCIAS
JUAN PABLO II, mediante los cuales solicita la
inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV)
e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la
donación recibida de la Fundación Desarrollo Integral de
los Pueblos, con sede en Madrid, España.
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el
segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del
Impuesto General a las Ventas – IGV e Impuesto Selectivo
al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo
Nº 055-99-EF y normas modicatorias, no se encuentran
gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones
que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones
Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional
(ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de
Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones
Privadas sin nes de lucro receptoras de donaciones
de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se
encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la
Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y
siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del
Sector correspondiente;
Que, la asociación CASA DE CONVIVENCIAS
JUAN PABLO II se encuentra inscrita en el Registro
de Instituciones Privadas sin nes de lucro receptoras
de donaciones de carácter asistencial o educacional
(IPREDA), que conduce la Agencia Peruana de
Cooperación Internacional – APCI, de conformidad con la
Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación,
internamiento de donaciones de carácter asistencial
o educacional provenientes del exterior, aprobada por
Resolución Suprema Nº 508-93-PCM;
Que, mediante Certicado de Donación de fecha
17 de octubre de 2006, legalizado por el Consulado
General del Perú en Madrid - España, se observa que
la Fundación Desarrollo Integral de los Pueblos, ha
efectuado una donación a favor de la asociación CASA
DE CONVIVENCIAS JUAN PABLO II;
Que, los bienes donados consisten en 1,350 bultos
conteniendo 622 cajas de galletas, 14 cajas de loza y
vajilla, 08 cajas de silicona, 583 cajas de mochilas, 15
paneles de techo traslúcido de 4 m., 06 mesas de ocina,
08 armarios de ocina, 05 trozos de ángulos de hierro, 09
pizarras grandes y pequeñas, 04 bultos de ropa totalmente

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