PRODUCE RESOLUCION MINISTERIAL Nº 173-2008-PRODUCE - Delegan diversas facultades al Secretario General del Ministerio para el año fiscal 2008 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 173-2008-PRODUCE

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición11 de Enero de 2008
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 11 de enero de 2008 363685
publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº
007-2008-MIMDES, publicada en nuestra edición del día
10 de enero de 2008.
En la primera línea del tercer considerando;
DICE:
Que, con Informe Nº 003-2008-MIMDES-PRONAA/
UAD-RH de fecha 07 de enero de 2008, el Jefe de
Recursos Humanos del PRONAA señala ...
DEBE DECIR:
Que, con Informe Nº 003-2008-MIMDES-PRONAA/
UAD-RH de fecha 07 de enero de 2008, el Equipo de
Trabajo de Recursos Humanos del PRONAA señala ...
150759-1
PRODUCE
Delegan diversas facultades al
Secretario General del Ministerio para
el año scal 2008
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 173-2008-PRODUCE
Lima, 3 de enero del 2008
Vistos: El Memorando Nº 0003-2008-PRODUCE/
OGPP de la Ocina General de Planicación y
Presupuesto, el Informe 001-2008-PRODUCE/
OGPP-Op de la Ocina de Presupuesto de la Ocina
General de Planicación y Presupuesto y el Informe Nº
002-2008-PRODUCE/OGAJ-YJC de la Ocina General
de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley 29142 se aprobó el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008;
Que, en virtud de la Resolución Ministerial Nº 395-
2007-PRODUCE, se aprobó el Presupuesto Institucional
de Apertura - PIA, correspondiente al Año Fiscal 2008 del
Pliego 038: Ministerio de la Producción;
Que, el numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº 28411,
Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,
dispone que el Titular de una Entidad es la más alta
Autoridad Ejecutiva y el funcionario responsable en
materia presupuestaria; siendo que las funciones que
ostenta en materia presupuestaria pueden ser objeto de
delegación, cuando así lo establezca expresamente la
Ley General, las leyes de Presupuesto del Sector Público
o la norma de creación de la Entidad;
Que, concordante con lo expuesto, el numeral 40.2
del artículo 40º de la referida Ley, establece que las
modicaciones presupuestarias en el Nivel Funcional
Programático son aprobadas mediante Resolución del
Titular, a propuesta de la Ocina de Presupuesto o de
la que haga sus veces en la Entidad, disponiendo que
el Titular puede delegar dicha facultad de aprobación a
través de disposición expresa;
Que, la Cuadragésima Segunda Disposición Final de
la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2008, establece que los Calendarios
de Compromisos y sus ampliaciones en los Pliegos del
Gobierno Nacional son aprobados por el Titular del Pliego
o por quien éste delegue, a propuesta del Jefe de la Ocina
de Presupuesto, o la que haga sus veces, y se sujetan
a la Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada
que establezca la Dirección Nacional de Presupuesto
Público;
Que, adicionalmente a lo expuesto, el artículo 8º de
la Ley Nº 27789, Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de la Producción, dispone que el Ministro de la
Producción puede delegar las facultades y atribuciones
que no sean privativas de su cargo;
Que, mediante el Informe de vistos de la Ocina
General de Planicación y Presupuesto, se señala que a
efectos de otorgar al proceso presupuestario del Pliego
038: Ministerio de la Producción, un carácter expeditivo
bajo los criterios de descentralización operativa y
centralización normativa, considerando que en el proceso
de ejecución presupuestaria se produce mensualmente
autorizaciones de calendarios de compromisos y
modicaciones presupuestarias en el Nivel Funcional
Programático; resultaría necesario delegar en el Secretario
General del Ministerio de la Producción, las facultades
para aprobar los Calendarios de Compromisos mensuales,
sus respectivas ampliaciones y para la formalización de
las Notas de Modicación Presupuestaria en el Nivel
Funcional Programático del Presupuesto aprobado al
Pliego 038: Ministerio de la Producción;
Que, en mérito de lo informado mediante el documento
de vistos, corresponde delegar en la persona del Secretario
General del Ministerio de la Producción las facultades
referidas en el considerando precedente;
De conformidad con la Ley Nº 28411, Ley General
del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Nº 29142,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2008, la Ley Nº 27789, Ley de Organización y Funciones
del Ministerio de la Producción y el Reglamento de
Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo
Nº 010-2006-PRODUCE;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Delegar, en la persona del Secretario
General del Ministerio de la Producción, las facultades
que a continuación se señalan, para el Año Fiscal 2008:
- Aprobar el Calendario de Compromisos mensual y
su respectiva Ampliación correspondiente al proceso de
ejecución presupuestaria del Pliego 038: Ministerio de la
Producción.
- Aprobar la formalización de las Notas de Modicación
Presupuestaria en el Nivel Funcional Programático,
correspondiente al proceso de ejecución presupuestaria
del Pliego 038: Ministerio de la Producción.
Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución
Ministerial a la Dirección Nacional del Presupuesto Público
del Ministerio de Economía y Finanzas, para conocimiento
y nes.
Regístrese, comuníquese y publíquese,
RAFAEL REY REY
Ministro de la Producción
149879-1
Modican resoluciones autoritativas
de derechos otorgados a la empresa
Corporación Pesquera Inca S.A.
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 539-2007-PRODUCE/DGEPP
Lima, 7 de diciembre del 2007
Visto los expedientes con escritos de registro
00053551, 00053554, 00053559, 0053560, de fecha 02
de agosto de 2007 respectivamente, 00054698, de 07 de
agosto y 05 de noviembre de 2007.
CONSIDERANDO:
Que el numeral 116.2 del artículo 116º de la Ley del
Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444,
establece que pueden acumularse en un solo escrito más
de una petición siempre que se trate de asuntos conexos
que permitan tramitarse y resolverse conjuntamente;
Que por intermedio de Resolución Directoral Nº
023-2000-PE/DNPP, de 22 de febrero del 2000, se
otorgó a CORPORACION PESQUERA INCA S.A.,
licencia de operación para que desarrolle la actividad

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