MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA ORDENANZA Nº 033-07-MDLV - Aprueban el Nuevo REgimen Municipal de AplicaciOn de Sanciones Administrativas derivadas de la FunciOn Fiscalizadora y el Cuadro de Infracciones y Escala de Multas Administrativas de la Municipalidad ORDENANZA Nº 033-07-MDLV

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición 6 de Enero de 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 6 de enero de 2008
363276
ÁREA FRENTE DERECHA IZQUIERDA FONDO
47 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
48 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
49 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
50 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
51 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
52 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
53 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
54 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
TOTAL 10 4,080.00
MANZANA 6
ÁREA FRENTE DERECHA IZQUIERDA FONDO
57 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
58 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
59 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
60 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
61 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
62 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
63 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
64 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
65 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
66 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
67 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
68 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
69 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
70 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
71 476.00 14.00 34.00 34.00 14.00
72 405.00 12.00 34.00 32.00 3.60-9.00
103 208.31 6.00 32.00 26.00 10.20
TOTAL 17 6,801.31
MANZANA 7
ÁREA FRENTE DERECHA IZQUIERDA FONDO
73 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
74 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
75 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
76 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
77 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
78 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
79 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
80 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
TOTAL 8 3,264.00
MANZANA 8
ÁREA FRENTE DERECHA IZQUIERDA FONDO
81 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
82 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
83 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
84 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
85 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
TOTAL 5 2,040.00
MANZANA 9
ÁREA FRENTE DERECHA IZQUIERDA FONDO
86 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
87 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
88 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
89 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
90 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
91 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
92 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
93 496.40 14.60 34.00 34.00 14.60
94 370.60 10.90 34.00 34.00 10.90
95 408.00 12.00 34.00 34.00 12.00
96 204.00 6.00 34.00 34.00 6.00
TOTAL 11 4,335.00
Estando el Informe Nº 338-2007-SGPUC-GDU/MC
de la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro
y el Informe Nº 345-2007-GDU/MC de la Gerencia de
Desarrollo Urbano, por los cuales opinan Favorable para
la Recepción de Obra de Habilitación Urbana de Tipo
Progresivo solicitada, por lo que resulta pertinente dictarse
Resolución recepcionando las obras ejecutadas a la fecha,
de dicha habilitación, conforme a lo prescrito en el numeral
II-XVIII-4.6 del Reglamento Nacional de Construcciones,
vigente a la aprobación de la habilitación urbana.
En uso de las facultades que conere el artículo 20º
de la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades y con la
visaciones de la Sub gerencia de Planeamiento Urbano y
Catastro, la Gerencia de Desarrollo Urbano, la Gerencia
de Asuntos Jurídicos y el Gerente Municipal.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- RECEPCIONAR de acuerdo al plano
de Replanteo Nº 001-2007-SGPUC-GDU/MC, la ejecución
de las obras de Habilitación Urbana de Tipo Progresivo,
correspondiente a la URBANIZACIÓN VILLA COLLIQUE,
ejecutada sobre el terreno de 54,591.04 m2 del terreno
que formó parte de las Pampas de Collique, integrantes
de la Hacienda del mismo nombre, con frente al camino
Lima Canta (hoy Av. Tupac Amaru), situado en el Valle de
Carabayllo, distrito de Comas y que corre inscrito a fojas 169
del Tomo 0541, Ficha Nº 1502939 Partida Nº 49073598 del
Registro de Predios de la Ocina Registral de Lima.
Artículo Segundo.- DISPONER que gure como
carga inscrita en la Ocina Registral de Lima la obligación
de cada uno de los propietarios de los lotes de cumplir con
ejecutar las obras de pavimentación de aceras, las cuales
debe incluir las rampas para discapacitados las que se
desarrollarán en cada uno de los martillos y conectarán
los niveles superiores de las aceras y de las calzadas de
conformidad con lo dispuesto en la Ley R.M. Nº 069-2001-
MTC/15.04 Norma Técnica de Adecuación Urbanísticas
para personas con Discapacidad, así como los muretes
de señalización de calles y la ornamentación y sembrío
del parque que conforma la habilitación urbana, que
podrán ejecutarse hasta en un plazo máximo de 05 años.
Artículo Tercero.- AUTORIZAR la libre venta de los
lotes que conforman la Habilitación Urbana, formalizar el
tracto sucesivo que se haya efectuado sobre los predios
conformantes de la habilitación urbana, y/o gestionar la
titularidad de los mismos de acuerdo a lo prescrito e la
normatividad vigente, quedando incorporado dentro de la
jurisdicción del Distrito de Comas.
Artículo Cuarto.- Encargar la publicación de la presente
resolución en el diario “El Peruano” a cargo de interesado.
Artículo Sexto.- Remítase a través del interesado, un
ejemplar de la presente Resolución a la Ocina Registral
de Lima de la Superintendencia Nacional de los Registro
Públicos SUNARP para la inscripción correspondiente,
a sí como a la Municipalidad Metropolitana de Lima y la
Superintendecia Nacional de Administración Tributaria,
para los nes respectivos.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
MIGUEL ANGEL SALDAÑA REÁTEGUI
Alcalde
148208-1
MUNICIPALIDAD DE
LA VICTORIA
Aprueban el Nuevo Régimen
Municipal de Aplicación de Sanciones
Administrativas derivadas de la
Función Fiscalizadora y el Cuadro
de Infracciones y Escala de Multas
Administrativas de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 033-07-MDLV
La Victoria, 21 de diciembre de 2007
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 6 de enero de 2008 363277
EL CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA
VISTO; en la Sesión Ordinaria de fecha 21 de diciembre
de 2007, el Dictamen Conjunto Nº 022-2007-CPPPAL/
MDLV de la Comisión de Planicación Presupuesto y
Asuntos Legales;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Artículo 194º de la
Constitución Política del Estado, en concordancia con el
Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº27972, Ley
Orgánica de Municipalidades, se reconoce a los gobiernos
locales autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia;
Que, a través de las Ordenanzas Nº036-04/MDLV de
fecha 27 de octubre de 2004 y Nº038-04/MDLV de fecha 13
de noviembre del mismo año, se aprobaron el Reglamento
de Aplicación y Sanciones y el Cuadro de Infracciones y
Sanciones de la Municipalidad de La Victoria;
Que, en virtud del Artículo 229º de la Ley Nº 27444,
a cualquiera de las Entidades de la administración
pública de establecer infracciones administrativas y las
consecuentes sanciones a sus administrados;
Que, las normas municipales son de carácter
obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones
correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones
judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a
que hubiere lugar, establece debidamente el Artículo 46º
Que, en consecuencia, resulta necesario que
la Municipalidad de La Victoria emita el respectivo
instrumento de control de las disposiciones municipales
administrativas, que se encuentran debidamente
Que, en tal sentido, la Gerencia de Fiscalización
y Control, mediante Informe Nº 008-2007-MDLV-GFC
propone la aprobación del nuevo Régimen Municipal
de Aplicación de Sanciones – RMAS y, asimismo, el
Cuadro de Infracciones y Escala de Multas – CIEM de la
Municipalidad de La Victoria;
Que, por otro lado la Gerencia de Asesoría Jurídica, con
Informe 738-07-GAJ/MDLV, opina que el referido proyecto
de Ordenanza se encuentra dentro de los parámetros que
establece la normatividad vigente sobre el particular;
Que, el numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades, otorga al Concejo
Municipal las atribuciones aprobar, modicar o derogar
las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos;
En mérito a los fundamentos expuestos y en
uso de facultades otorgadas en la Ley Orgánica de
Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo Distrital de
La Victoria, y con dispensa del trámite de la lectura y
aprobación del Acta aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL NUEVO
REGIMEN MUNICIPAL DE APLICACIÓN
DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS DERIVADAS
DE LA FUNCION FISCALIZADORA Y EL CUADRO
DE INFRACCIONES Y ESCALA DE MULTAS
ADMINISTRATIVAS DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA VICTORIA
Artículo Primero.- Aprobar el Nuevo Régimen
Municipal de Aplicación de Sanciones Administrativas
derivadas de la función Fiscalizadora, el mismo que
consta de Un Titulo Preliminar, Dos Títulos, 41 Artículos y
Tres Disposiciones Finales y que forman parte integrante
de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- Aprobar el Cuadro Único de
Infracciones y Sanciones (CIEM), mediante el cual se tipican
las infracciones administrativas de competencia municipal,
estableciéndose sus respectivas sanciones y medidas
complementarias, el mismo que consta de 456 infracciones
y forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Tercero.- Aprobar el Formato de Noticación
Preventiva (Anexo I), y el Formato de Resolución de
Sanción (Anexo II), que deberán ser utilizados por el
órgano competente.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de
Fiscalización y Control, Gerencia de Rentas y áreas
involucradas, el cumplimiento de la presente Ordenanza.
Artículo Cinco.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C.
Alcalde
RÉGIMEN MUNICIPAL DE APLICACIÓN
DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS DERIVADAS
DE LA FUNCION FISCALIZADORA
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo I.- POTESTAD SANCIONADORA DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA VICTORIA.
La potestad sancionadora de la Municipalidad Distrital
de la Victoria se encuentra reconocida por la Ley Orgánica
de Municipalidades. La potestad sancionadora implica la
tipicación de las conductas constitutivas de infracción,
la scalización, la instauración del proceso administrativo
sancionador y eventualmente la aplicación de sanciones
ante el incumplimiento de las disposiciones municipales.
Artículo II.- FINALIDAD.
El Régimen Municipal de Aplicación de Sanciones
Administrativas tiene por nalidad establecer las
disposiciones generales orientadas a estructurar el
procedimiento sancionador, garantizando al ciudadano la
correcta aplicación de sanciones ante el incumplimiento
de las normas administrativas municipales.
Artículo III- SUJETOS DE FISCALIZACIÓN.
Son sujetos pasibles de scalización y control
municipal las personas naturales, empresas e instituciones
y en general todos aquellos que por mandato de las
disposiciones municipales deban cumplir determinadas
conductas o abstenerse de realizar éstas, dentro de la
jurisdicción de la Municipalidad Distrital de la Victoria.
Las personas jurídicas o patrimonios autónomos, son
responsables por el incumplimiento de las disposiciones
municipales, aún cuando la infracción haya sido realizada
por una persona natural con la cual mantenga algún tipo
de vinculación laboral.
Por la naturaleza personalísima de las sanciones,
éstas no son trasmisibles a los herederos o legatarios del
infractor.
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES DEL REGIMEN
MUNICIPAL DE APLICACION DE SANCIONES
ADMINISTRATIVAS (RMAS)
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º.- OBJETO
La presente Ordenanza establece el Régimen
Municipal de Aplicación de Sanciones Administrativas, que
regula el procedimiento de scalización del cumplimiento
de las disposiciones administrativas de competencia
municipal y la impugnación de sanciones.
Artículo 2º.- AMBITO DE APLICACIÓN Y BASE
LEGAL
La aplicación de la presente Ordenanza se
circunscribe al distrito de La Victoria, aún cuando los
infractores no presenten domicilio real y/o legal dentro
de esta jurisdicción. La tipicación de infracciones
y las sanciones, tiene como marco normativo las
competencias y funciones especícas, exclusivas y
compartidas otorgadas a la Municipalidad Distrital de La
Victoria, por la Constitución Política del Estado, la Ley
Orgánica de Municipalidades, la Ley de Modernización
del Estado y las ordenanzas; así como las disposiciones
especícas que así lo determinen, en concordancia con
las disposiciones emitidas por el Gobierno Nacional que
sean aplicables.

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