PRODUCE RESOLUCION DIRECTORAL Nº 004-2008-PRODUCE/DGA - Otorgan concesiOn a Purpuratus E.I.R.L. para desarrollar actividad de acuicultura a mayor escala, mediante el cultivo del recurso concha de abanico RESOLUCION DIRECTORAL Nº 004-2008-PRODUCE/DGA

Fecha de disposición31 Enero 2008
Fecha de publicación31 Enero 2008
SecciónSección Única
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 31 de enero de 2008 365397
Oficio N° 510-2007-IN/0103, de fecha 18 de julio de
2007; y, mediante Informe N° 2907-2007-IN-0201 , de
fecha 1 de octubre de 2007, de la Oficina General de
Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior, se han
efectuado observaciones al proyecto de Reglamento
de la Ley N° 28879 que es necesario sean absueltas
por el Comité encargado de su formulación;
Que, conforme a lo establecido en el Ocio de Visto,
se han producido algunos cambios en la conformación
del Comité encargado de la elaboración del Proyecto
de Reglamento de la Ley N° 28879, Ley de Servicios de
Seguridad Privada, por lo que es necesario recomponerlo
a efectos de que pueda absolver las observaciones
formuladas;
Que, resulta conveniente que la recomposición del
referido Comité se haga señalando a las entidades que
lo conforman, de acuerdo a lo establecido en la Tercera
Disposición Transitoria de la Ley N° 28879, las mismas que
deberán comunicar la designación de sus representantes
al Presidente del Comité;
De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único
Ordenado del Decreto Legislativo N° 370, Ley del Ministerio
del Interior, aprobado mediante el Decreto Supremo
N° 003-2004-IN, y el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto
Supremo N° 004-2005-IN;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Recomponer el Comité encargado
de elaborar el Reglamento de la Ley N° 28879, Ley
de Servicios de Seguridad Privada, el cual quedará
conformado por:
- El Director General de la Dirección General de
Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y
Explosivos de Uso Civil del Ministerio del Interior, quien
lo preside;
- Un (1) representante de la Policía Nacional del
Perú;
- Dos (2) representantes del Consejo Nacional de
Seguridad Ciudadana;
- Un (1) representante de la Superintendencia de
Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos
de Pensiones;
- Un (1) representante del Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo;
- Un (1) representante de la Asociación de
Municipalidades del Perú;
- Dos (2) representantes de los gremios que agrupan
a las empresas de seguridad privada; y,
- Un (1) representante de la Asociación de Bancos del
Perú.
Artículo 2.- Dentro de los tres días de emitida
la presente Resolución Ministerial, el Presidente del
Comité encargado de elaborar el Reglamento de la Ley
N° 28879 deberá solicitar a las entidades señaladas en
el artículo precedente que cada una de ellas designe a
sus representantes, las mismas que deberán remitir su
respuesta dentro de los cinco días de recibida la solicitud,
luego de lo cual el Presidente procederá a la instalación
del Comité.
Artículo 3.- Una vez instalado el Comité encargado
de elaborar el Reglamento de la Ley N° 28879, Ley de
Servicios de Seguridad Privada, deberá entregar el nuevo
Proyecto de Reglamento de la Ley en el término de quince
días.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS ALVA CASTRO
Ministro del Interior
158440-1
JUSTICIA
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0029-2008-JUS
Mediante Ocio Nº 214-2007-JUS/SG, el Ministerio de
Justicia solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución
Ministerial 0029-2008-JUS, publicada en nuestra
edición del día 19 de enero de 2008.
DICE:
Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el
señor abogado FERNADO ALARCÓN DIAZ al cargo de
Secretario Técnico del Fondo Especial de Administración
del Dinero obtenido ilícitamente en Perjuicio del Estado
- FEDADOI, dándosele las gracias por los servicios
prestados.
DEBE DECIR:
Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el
señor abogado FERNANDO ALARCÓN DIAZ al cargo de
Secretario Técnico del Fondo Especial de Administración
de Dinero obtenido ilícitamente en Perjuicio del Estado
- FEDADOI, dándosele las gracias por los servicios
prestados.
158183-1
PRODUCE
Otorgan concesión a Purpuratus
E.I.R.L. para desarrollar actividad de
acuicultura a mayor escala, mediante el
cultivo del recurso concha de abanico
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 004-2008-PRODUCE/DGA
Lima, 23 de enero del 2008
Visto los escritos con Registro Nº 00050429 y adjuntos
Nºs. 01,02,03 y 04 del 16 de julio,14 de setiembre,
30 de octubre, 15 de noviembre y 21 noviembre del
2007 respectivamente, presentado por la empresa
PURPURATUS E. I. R. L ., sobre solicitud de concesión
para desarrollar la actividad de acuicultura a mayor
escala.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 14º, numeral 14.1 de la Ley Nº 27460,
Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura dispone
que el Ministerio de Pesquería (hoy Ministerio de la
Producción) otorga concesiones para el desarrollo de
la acuicultura en terrenos de dominio público, fondos o
aguas marinas y continentales;
Que conforme lo establecido en los Artículos 19º y 20º
del Reglamento de la Ley de Promoción y Desarrollo de la
Acuicultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2001-
PE, el acceso a la actividad de acuicultura en terrenos
públicos, fondos o aguas marinas y continentales,
se obtiene a través del otorgamiento de la concesión
respectiva, previo cumplimiento de los requisitos señalados
en el Texto Único de Procedimientos Administrativos
del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto
Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y asimismo, previa a
la suscripción de un Convenio de Conservación, Inversión
y Producción Acuícola con la Dirección General de
Acuicultura;
Que mediante Resolución Directoral Nº 521-2005/
DCG del 26 de octubre del 2005, la Dirección General
de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa

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