PRODUCE RESOLUCION DIRECTORAL Nº 437-2008-PRODUCE/DGEPP - Otorgan a armadores pesqueros autorizaciOn de incremento de flota RESOLUCION DIRECTORAL Nº 437-2008-PRODUCE/DGEPP

Fecha de disposición28 Agosto 2008
Fecha de publicación28 Agosto 2008
SecciónSección Única
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 28 de agosto de 2008 378765
Modican la R.M. 140-95-PE
en extremo referido a nombre de
embarcación pesquera
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 436-2008-PRODUCE/DGEPP
Lima, 11 de agosto del 2008
Visto los escritos con Registro Nº 00023853 de fechas
09 de abril, 15 de junio, 17 y 27 de agosto, 21 de noviembre
del 2007, 12 de marzo y 08 de julio de 2008, presentados
por la empresa PESQUERA INDUSTRIAL EL ANGEL S.A.
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Ministerial Nº 140-95-PE,
de fecha 31 de marzo de 1995, se otorgó permiso de
pesca a plazo determinado, entre otros, a PESQUERA
MISTIANA PEEA S.R.Ltda. para operar la embarcación
pesquera denominada “CHIMBOTE 10”, con matrícula
PS-0614-PM, de 270 toneladas para dedicarse a la
extracción de recursos hidrobiológicos destinados al
consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral
peruano y fuera de las cinco (05) millas costeras,
utilizando redes de cerco con longitud mínima de malla
de ½ pulgada (13 mm);
Que a través de la Resolución Directoral Nº 379-98-
PE/DNE, del 28 de diciembre de 1998, se aprobó a favor
de PESQUERA INDUSTRIAL EL ANGEL S.A. el cambio
de nombre del titular del permiso de pesca para operar la
embarcación pesquera “CHIMBOTE 10” de matrícula PS-
0614-PM, con 276.11 m3 de capacidad de bodega, en los
mismos términos y condiciones en que fue otorgado con
Resolución Ministerial Nº 140-95-PE;
Que mediante los escritos del visto, la empresa
PESQUERA INDUSTRIAL EL ANGEL S.A. solicita el cambio
de nombre de su embarcación pesquera “CHIMBOTE 10”
de matrícula Nº PS-0614-PM, a embarcación pesquera
“DON ALONSO”, conforme consta en el certicado de
matrícula correspondiente;
Que se ha vericado que PESQUERA INDUSTRIAL
EL ANGEL S.A. ha cumplido con presentar los requisitos
establecidos en el procedimiento Nº 19 del Texto Único
de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la
Producción, aprobado por Decreto Supremo 035-
2003-PRODUCE y demás normas modicatorias, por
lo que resulta procedente la Modicación de Resolución
Autoritativa por cambio de nombre de la citada
embarcación;
Estando a lo informado por la Dirección de Consumo
Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y
Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 158-2008-
PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinión favorable de la
instancia legal correspondiente;
De conformidad con lo establecido en la Ley General
de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-
PE, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos
del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto
Supremo 035-2003-PRODUCE y demás normas
complementarias;
En uso de las facultades conferidas a través del
aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-
2006- PRODUCE;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Modicar el Artículo 1º de la Resolución
Ministerial Nº 140-95-PE, modicada por la Resolución
Directoral Nº 379-98-PE/DNE, sólo en el extremo referido
al nombre de la embarcación “CHIMBOTE 10”, de matrícula
Nº PS-0614-PM, la misma que en adelante se denominará
“DON ALONSO”.
Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución
Directoral a la Dirección General de Seguimiento,
Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las
Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del
Litoral, Dirección General de Capitanías y Guardacostas
del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal de la
Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.
gob.pe
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARCO A. ESPINO SÁNCHEZ
Director General de Extracción y
Procesamiento Pesquero
243278-12
Otorgan a armadores pesqueros
autorización de incremento de ota
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 437-2008-PRODUCE/DGEPP
Lima, 11 de agosto del 2008
Visto el escrito y adjuntos con Registro Nº 00071920, de
fecha 16 de octubre y 12 de diciembre de 2007, presentados
por los señores FERNANDO BASILIO CHAPILLIQUEN
CALDERON y AGUSTIN TEMOCHE CHUNGA.
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Directoral Nº 249-97-PE/
DNE, del 17 de diciembre de 1997, se autorizó el incremento
de ota, entre otros, a los armadores FERNANDO BASILIO
CHAPILLIQUEN CALDERON y AGUSTIN TEMOCHE
CHUNGA, para la embarcación pesquera de madera
“JESUS SOBRE LAS AGUAS” de 63.04 m3 de capacidad
de bodega, utilizando como sistema de preservación cajas
con hielo y como arte de pesca redes de cerco de longitud
de abertura de malla de 1 ½ pulgada (38 mm) y 3 pulgadas
(76 mm), según corresponda, para la extracción de los
recursos hdrobiológicos suco, lisa, cojinova y cachema
con destino al consumo humano directo;
Que a través de la Resolución Directoral Nº 359-98-
PE/DNE, del 4 de diciembre de 1998, se otorgó permiso de
pesca a plazo determinado a los armadores FERNANDO
BASILIO CHAPILLIQUEN CALDERON y AGUSTIN
TEMOCHE CHUNGA, para operar la embarcación
pesquera de bandera nacional “JESUS SOBRE LAS
AGUAS” con matrícula CO-18073-CM y 53.30 m3 de
capacidad de bodega, la cual se dedicará a la extracción
de los recursos hidrobiológicos jurel, caballa, machete y
lisa con destino al consumo humano directo, utilizando
cajas con hielo y redes de cerco de longitud mínima de
abertura de malla de 1 ½ pulgada (38 mm), en el ámbito
del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras;
Que mediante Resolución Directoral Nº 027-2001-PE/
DNE, del 5 de febrero del 2001 se declaró improcedente la
solicitud de ampliación de permiso de pesca otorgado por
Resolución Directoral Nº 359-98-PE/DNE, por no cumplir
con las condiciones sustantivas de procedibilidad para
dicho procedimiento;
Que con Resolución Directoral 051-2002-PE/
DNEPP, del 15 de febrero del 2002, se declaró fundado
el recurso de reconsideración interpuesto contra la
Resolución Directoral Nº 027-2001-PE/DNE, por lo que
se amplió el permiso de pesca otorgado por Resolución
Directoral Nº 359-98-PE/DNE, para operar la embarcación
pesquera “JESUS SOBRE LAS AGUAS” de matrícula Nº
CO-18073-CM y 53.30 m3 de capacidad de bodega, en
la extracción de los recursos anchoveta y sardina con
destino al consumo humano indirecto, empleando una red
de cerco con longitud mínima de abertura de malla de ½
y 1 ½ pulgadas, en el ámbito del litoral peruano y fuera de
las cinco (5) millas costeras;
Que mediante Resolución Directoral Nº 055-2004-
PRODUCE/DNEPP, del 27 de enero de 2004 se resuelve
reconocer la capacidad de bodega de 64.61 m3 a la
embarcación pesquera “JESUS SOBRE LAS AGUAS” de
matrícula Nº CO-18073-CM y corregir las Resoluciones
Directorales Nº 359-98-PE/DNE y Nº 051-2002-PE/DNEPP,
en el extremo referido a la capacidad de bodega;
Que la embarcación “JESUS SOBRE LAS AGUAS” de
matrícula Nº CO-18073-CM y 64.61 m3 de capacidad de
bodega, gura en el Anexo I, literal N, con permiso de pesca
para los recursos hidrobiológicos, sardina, jurel, caballa,
lisa y machete del listado actualizado de embarcaciones
pesqueras de madera con capacidad de bodega de 32.6
m3 hasta 110 m3, con permiso de pesca obtenido conforme
a la Ley Nº 26920, aprobado con Resolución Ministerial Nº
085-2007-PRODUCE;
Que mediante Resolución Ministerial Nº 195-2001-
PE del 15 de junio de 2001, se suspende el otorgamiento

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