ORDENANZA, Nº 338-MVES, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR - Ordenanza que establece los descuentos del monto total a pagar del Arbitrio Municipal de recolección de residuos sólidos (limpieza pública) para el ejercicio 2016-ORDENANZA-Nº 338-MVES
Fecha de disposición | 28 Diciembre 2015 |
Fecha de publicación | 27 Enero 2016 |
Villa El Salvador, 28 de diciembre de 2015
POR CUANTO: El Concejo Distrital de Villa El Salvador en Sesión Ordinaria de la fecha, y;
VISTO: El Dictamen de la Comisión de Rentas y Fiscalización, el Informe N° 101-2015-GR/MVES de la Gerencia de Rentas de fecha 21 de diciembre del 2015 que remite el “Proyecto de Ordenanza que establece los descuentos del monto total a pagar del Arbitrio Municipal de Recolección de Residuos Sólidos (Limpieza Pública) para el ejercicio 2016”, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto en los Artículos 194° y 195° numeral 4 de la Constitución Política del Perú, modificados por la Ley de Reforma Constitucional N° 27680, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, establecen que los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, promueven el desarrollo y la economía local, la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, gozan de competencia de crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos dentro de los límites establecidos por Ley;
Que, en ese sentido el Artículo 60° del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 156-2004-EF, establece que conforme a lo señalado en las normas referidas precedentemente, así como en el Artículo 74° de la propia Carta Magna, las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas, y otorgan exoneraciones, dentro de los límites que fije la ley;
Que, conforme a lo previsto en el Numeral 4) del Artículo 200° de nuestra Carta Magna, corresponde al Concejo Municipal, la función normativa a través de ordenanzas, las que tienen rango de Ley;
Que, asimismo el Artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal. Mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley;
Que, el Articulo 41 º del Decreto Supremo Nº 133-13-EF y sus modificatorias, establece que los Gobiernos...
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