AGRICULTURA RESOLUCION MINISTERIAL Nº 544-2007-AG - Conforman ComisiOn Multisectorial encargada de formular el proyecto de Ley Marco de Inocuidad de los Alimentos RESOLUCION MINISTERIAL Nº 544-2007-AG

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición19 de Septiembre de 2007
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 19 de setiembre de 2007
353634
del Valle del río Motupe, en una extensión de novecientos
cuarenta y cinco kilómetros cuadrados y cuatrocientos
veinte mil metros cuadrados (945.42 Km2), que
comprende los distritos de Chochope, Motupe, Jayanca
y Salas y los distritos de Pitipo y Pacora hasta la margen
derecha del río La Leche, de la provincia y departamento
de Lambayeque, conforme a la delimitación contenida en
el plano y la memoria descriptiva que refrendados por la
Intendencia de Recursos Hídricos del INRENA forman
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Excepción a la prohibición de obras
de explotación
Establecer que la prohibición a que se reere el
artículo 1º no comprende aquellas obras de perforación
de pozos proyectados contempladas en los Estudios
Hidrogeológicos de Localización y Diseño de pozos que
se encuentren en trámite y que hayan sido presentados
a la Administración Técnica del Distrito de Riego Motupe
Olmos La Leche con anterioridad a la fecha en la que entre
en vigencia la presente Resolución. Asimismo, quedan
exceptuadas aquellas obras de perforación de pozos de
reposición o reemplazo previamente autorizados por la
Autoridad Local de Aguas, los mismos que solamente
podrán localizarse en un radio no mayor a cincuenta (50)
metros del pozo a reemplazarse y siempre y cuando se
extraiga la misma masa anual.
Artículo 3º.- Vigencia de la veda
La veda que se aprueba en la presente Resolución
tendrá una duración de dos (2) años. Dentro de dicho
plazo el Instituto Nacional de Recursos Naturales
INRENA deberá elaborar los Estudios Hidrogeológicos
correspondientes a n de determinar las reservas
explotables del acuífero del valle del río Motupe, en base
a los cuales se decidirá el levantamiento de la veda.
Artículo 4º.- Adopción de medidas preventivas
Encargar al INRENA para que conjuntamente con
la Administración Técnica del Distrito de Riego Motupe
Olmos La Leche implemente las medidas preventivas
necesarias para evitar la sobre explotación del acuífero
del valle del río Motupe.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ISMAEL BENAVIDES FERREYROS
Ministro de Agricultura
109717-1
Conforman Comisión Multisectorial
encargada de formular el proyecto
de Ley Marco de Inocuidad de los
Alimentos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 544-2007-AG
Lima, 17 de setiembre de 2007
CONSIDERANDO:
Que, debido a la necesidad de garantizar la seguridad
de los alimentos de consumo humano en las diferentes
etapas de la cadena alimentaria, es necesario establecer
una norma marco de inocuidad de los alimentos que
apruebe y reglamente un sistema nacional en esta
materia;
Que, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria
(SENASA), la Dirección General de Sanidad Ambiental
(DIGESA), y el Instituto Tecnológico Pesquero (ITP),
de los sectores Agricultura, Salud y Producción,
respectivamente, se encuentran a cargo de la vigilancia
sanitaria en materia de inocuidad de los alimentos desde
la producción primaria hasta su consumo; y, dada su
naturaleza especializada, resulta necesario crear una
Comisión Multisectorial que formule un proyecto de Ley
Marco de Inocuidad de los Alimentos que permita contar
con un sistema nacional integrado y ecaz en materia de
inocuidad alimentaria;
Que, el artículo 45º de la Ley del Poder Ejecutivo,
aprobada por Decreto Legislativo Nº 560, establece que
en los Ministerios podrá haber Comisiones, Juntas y otros
órganos integrados por representantes de diversos sectores
o instituciones encargados de asesorar, supervigilar,
orientar, coordinar o en general, realizar las políticas
o acciones correspondientes a algún área del Sector.
El Ministerio les dará el apoyo técnico o administrativo
requerido para el cumplimiento de sus nes;
Que, el artículo 5º del Decreto Ley Nº 21292, el cual
regula la Desconcentración Administrativa en el Sistema
de Personal, dispone que la constitución de comisiones,
consejos, comités y otros de carácter sectorial será
efectuada por Resolución expedida por el Titular del Sector
o equivalente y los de carácter multisectorial, por Resolución
del Presidente del Consejo de Ministros. Asimismo el artículo
4º de la Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo
en el Nombramiento y Designación de Funcionarios
Públicos, aprobada por Ley Nº 27594, estipula que mediante
resolución ministerial del sector correspondiente se designa
a los miembros de Comisiones Multisectoriales;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley del Poder
Ejecutivo, aprobada por Decreto Legislativo Nº 560; la
Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el
Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos,
que regula la Desconcentración Administrativa en el
Sistema de Personal;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Conformar la Comisión Multisectorial
encargada de formular el proyecto de Ley Marco de
Inocuidad de los Alimentos, la cual quedará adscrita al
Ministerio de Agricultura.
Artículo 2º.- La Comisión Multisectorial encargada de
formular el proyecto de Ley Marco de Inocuidad de los
Alimentos estará integrada de la siguiente manera:
- Tres (3) representantes del Sector Agricultura, uno
de los cuales la presidirá;
- Tres (3) representantes del Sector Salud; y
- Tres (3) representantes del Sector Producción.
Artículo 3º.- Los sectores señalados en el artículo
anterior designarán, mediante Resolución del Titular del
Sector correspondiente, a sus representantes titulares y
suplentes dentro de los tres (3) días hábiles siguientes de
publicada la presente resolución.
Artículo 4º.- La Comisión Multisectorial encargada
de formular el proyecto de Ley Marco de Inocuidad de
los Alimentos deberá instalarse e iniciar sus actividades
en el plazo improrrogable de (5) días hábiles siguientes
a la designación de sus miembros, quedando autorizada
a convocar la participación de profesionales del sector
público y privado cuyo concurso se considere necesario.
Artículo 5º.- La comisión encargada de formular el
proyecto de Ley Marco de Inocuidad de los Alimentos
deberá presentar su informe nal al Ministerio de
Agricultura al cabo de treinta (30) días calendario contados
a partir de su instalación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ISMAEL BENAVIDES FERREYROS
Ministro de Agricultura
109719-2
Designan Gerente Departamental de
Lima del PRONAMACHCS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 545-2007-AG
Lima, 17 de setiembre de 2007
VISTO.
El Ocio 1192-2007-AG-PRONAMACHCS-GG
del Gerente General del Programa Nacional de Manejo
de Cuencas Hidrográcas y Conservación de Suelos -
PRONAMACHCS, del Ministerio de Agricultura; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial 074-
2007-AG del 18 de enero de 2007, se designó al Ing.

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